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Pago de iva

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Pago de iva
02/01/2009 13:39
En un juicio de extinción de pro indiviso de una finca sobre la que existe un litigio de partición hereditaria, me han notificado de un juzgado de fuera de Madrid un escrito en el que dice que se va a proceder a la consignación del dinero de una finca resultante de la extinción de un proindiviso y dice:
"La consignación siguiendo las instrucciones de la Hacienda del Estado, se llevará a cabo de la siguiente manera:

- Ingreso de la cantidad sin iva en la cuenta del Juzgado.

- Ingreso del Iva por un importe total de xxx en la hacienda del Estado (por residir los herederos de D. xx en Madrid), adjuntándose al Juzgado las correspondientes cartas de pago.

Este ingreso del Iva en la Hacienda del Estado, se debe a que, si se consignase el mismo, los Sres. xxx no podrán retirarlo hasta que se resuelva el Juicio de la partición de herencia de D.XX que se lleva a cabo en Madrid razón por la que se consigna, y por ello no va a ser posible ingresar el Iva correspondiente en Hacienda"

Mi pregunta es ¿esto tiene que ser así? en la sentencia se acordó: que la parte actota consignaría la cantidad de xxx € iva incluído en la cuenta del Juzgado hasta que exista una resolución firme en el juicio de Madrid .

Si no se consignase el Iva en el juzgado ¿lo podría cobrar directamente mi representada que es persona física y no autónoma, es el Iva de las cuotas de urbanización que ha pagado en estos años.Gracias y un saludo.