Estando empadronada es Sevilla dificil es defender que el impuesto se va a pagar en Madrid; de todas formas, por tu última intervención, está claro que hay que hacerlo en Andalucía.
Lo que si que podéis es firmar la herencia en Madrid para no tener que desplazaros y hacer luego la liquidación del imp. de sucesiones en Andalucía y el de plusvalía municipal en Madrid, que es donde está el piso.
En cuanto a necesirtar o no abogado, mi opinión es que siendo una herencia sencilla como parece el caso, no tiene sentido ir a un abogado y es preferible hacerlo directamente en el notario; en la notaría, si lo queréis pueden también gestionaros el tema de los impuestos.
Gracias ABQ, el problema es que hace unos años por temas de la declaración de la renta, estaba es Sevilla y cambió su domicilio fiscal que sí lo tenía aquí en Madrid a Sevilla.
De todas formas expondré el caso en fiscal como me aconsejas.
Llego a la misma conclusión que Lexdura, pero por la razón de que tu suegra parece tener su domicilio fiscal en Madrid. Como parece que es una herencia de bastante cuantía (en caso contrario, no pagaría ni en Sevilla ni en Madrid) te recomiendo encarecidamente que os asesoréis de un abogado. En la notaría harán los trámites necesarios para la adjudicación de la herencia, pero no te van a asesorar en cuanto al impuesto, y otras cuestiones, como plusvalía, etc. que traerá consigo esta cuestión. No obstante, esta es una cuestión fiscal, que si la expones en el foro correspondiente, quizá te puedan dar más opiniones.
Me gustaría que alguien me resolviera algunas dudas sobre una herencia:
Mi suegra ha fallecido hace 1 mes en Sevilla, donde estaba empadronada y vivía a veces con su hermana, en el domicilio de esta última en Sevilla. La única propiedad inmobiliaria a nombre de mi suegra, es el piso de Madrid donde también estaba el resto del tiempo, con mi marido y conmigo (mi marido y yo llevamos viviendo aquí en Madrid desde hace 14 años). A veces también estaba en el domicilio de mi cuñado (en Madrid también).
Ahora que ella ha fallecido, queremos saber si:
1. Podemos realizar la liquidación de impuestos aquí en la Comunidad de MAdrid, haciendo constar expresamente que su única residencia está en Madrid y que sus dos herederos están trabajando y empadronados en Madrid?
2. O tenemos que hacerlo en Sevilla?
3. Tendríamos que ir a un abogado para asesoramiento o simplemente un notario nos lo podría arreglar?
Dado que es nuestra primera herencia estamos un poco perdidos con tanto papel y burocracia.
Teniendo en cuenta que la diferencia entre los impuestos de ambas ciudades es muy grande, se nos presenta un panorama muy complicado.