Muchas gracias graciasalforo. La verdad es que efectivamente es para invertirlo en la nueva vivienda, pero como ya sabe, vender, luego irse de alquiler y en un plazo no superior a dos años comprar otra, tiene su complejidad.
Muchas gracias por su informacion y reciba un cordial saludo
Lo que usted dice estaba basado en el coeficiente de abatimiento para viviendas adquiridas antes de 1994. Esa ventaja fiscal se suprimió en enero de 2015 por lo que si vende en beneficio (vende por más valor de lo que la compró) tendrá que pagar plusvalía e IRPF.
La única forma de estar exento del IRPF es destinar el dinero a comprar una nueva vivienda habitual. La plusvalía me temo que tendrá que pagarla igualmente.
Imagino que se refiere al pago de impuestos en el IRPF. En este caso, no depende de la consideración de especulación, sino de si usted puede acogerse a dos supuestos, el primero si el dinero recibido lo reinvierte en la compra de otra, y el segundo de si tiene usted más de 65 años.
Hola. Me gustaría saber si al vender la vivienda habitual de pues de haber vivido en ella mas de 30 años, esta exenta del pago del impuesto a hacienda.
En una ocasión me dijeron que al haber habitado en ella mas de 15 años, ya no se consideraba especulación por lo que estaría exenta.
Por favor, me podrían aclarar esto?.
Muchas gracias y un saludo