Hola en un divorcio y liquidando bienes gananciales, el que se marcha del domicilio conyugal debe pagar a hacienda como si hubiera vendido su parte, si esto es asi deberá declararlo a hacienda y pagar la plusvalía correspondiente por los años que ha habitado la vivienda, la otra parte no tiene que declarar nada me supongo hasta tanto no venda el piso, gracias espero sus respuestas.