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Pago de deuda de la comunidad.

4 Comentarios
 
Pago de deuda de la comunidad.
01/03/2022 21:16
Ante todo disculpad la ignorancia, acudo a vosotros para quedarme más tranquilo a ver si alguien me puede dar consejo sobre como actuar.

Mi madre, viuda de 84 años, lleva pagando religiosamente todas sus cuotas de comunidad durante 50 años (desde 1972), así como las derramas del edificio donde vive.

Sin embargo, en Febrero de este año, no le llegaba la correspondiente cuota mensual, y le preguntó al administrador de fincas, el cual le dijo que había venido devuelto, y consecuentemente mi madre me llamó, ya que en el tema de las cuentas principalmente se las llevo yo.

Miré en su cuenta de ING, donde además estoy como autorizado y ahí no aparecía nada. Llamé a ING y me dijeron que no figuraba nada devuelto, y saldo hay más que de sobra para pagar el recibo (pero bastante más que de sobra). Ni que decir tiene que en esa cuenta llevaban cobrando el recibo muchos años.

Mi madre, sin decirme nada, habló con el administrador de fincas y acordó volver a pasarle el recibo, pero esta vez le ha metido un recargo de 2,75 euros, que dicen que es lo que la Ibercaja le ha cargado por haber devuelto el recibo.

He leído multitud de textos al respecto, y en muchos de ellos he visto que la comisión por devolución de recibos es ilegal ya que cuando el emisor realiza la gestión del ingreso (cobrar un importe mediante domiciliación bancaria), el banco cobra los gastos para su compensación y dicho ingreso puede ser válido o finalmente ser impagado, pero cualquiera de estas opciones están incluidas en el servicio pagado en el ingreso. Por tanto, esta comisión es ilegal por tratarse de un servicio cobrado por duplicado, y por tanto, no solicitado.

No obstante, mi cabreo era doble, ya que me fastidia muchísimo que el administrador no haya comprendido que ha tenido que tratarse de un error interbancario, y haya metido esos 2,75 euros de cargo a mi madre sin que ella se enterase, por lo que hoy hablando con ellos les he dicho que procedo a devolver el recibo, e inmediatamente he hecho una transferencia a la cuenta de la comunidad del importe del recibo real, menos esos 2,75 euros.

Es probable que de cara a la comunidad, esto implique una deuda por parte de mi madre de 5,50 euros, pero llevo tal cabreo con la administración que no tengo intención de pagarla, salvo que llegue un momento en el que me pegue un tiro en el pie, y aquí es donde quería preguntaros, ¿en qué momento nos estaríamos pegando un tiro en el pie?

Quiero decir, entiendo que primero tendrían que comunicar dicha deuda a mi madre (no sé en que forma pueden hacerlo, si debe ser por burofax), luego tienen que convocar junta y que en el orden del día figure la aprobación de dicha deuda (no sé en que forma tendrían que comunicar dicha junta a mi madre), y en junta aprobar dicha deuda y otorgar poderes para reclamarla, y entonces reclamarle a mi madre dicha cantidad antes de comenzar el monitorio. De todas las notificaciones que he expuesto anteriormente, ¿cuales de ellas se deberían de efectuar mediante burofax, siendo que la residencia de mi madre es bien conocida? ¿Podrían simplemente limitarse a poner las tres notificaciones en el tablón de anuncios para ahorrarse el burofax, o simplemente mandar un email?

Y una vez ocurrido esto, deberíamos de pagar antes de que se invoque el monitorio para no incurrir en posibles costas de abogado por parte de la comunidad, o si pagamos en los 20 días que conceden en el monitorio para hacer efectiva la deuda ya no tendríamos que hacernos cargo de dichos gastos?

Lo siento mucho, pero me ha fastidiado mucho el trato que le han dado a una señora mayor de 84 años y si se tienen que gastar dinero en burofaxes que se los gasten. Yo si tengo que pagar pagaré, pero quiero que les salga más caro lo que ellos tengan que hacer que lo que van a cobrar, por lo que me gustaría que me indicaran como le tienen que notificar en cada punto del proceso, y hasta que momento podemos pagar los 5,50 euros para evitar que se nos repercutan costas.

Muchas gracias y perdonad el ladrillo.

Un saludo,
02/03/2022 00:01
Por favor, nomse preocupe por ello y no haga un drama por lo ocurrido
Olvidesé de procesos monitorios, abogados, juzgados y denuncias, eso no va a ocurrir.
Yo creo que el problema no radica en el administrador, es un error de su banco, y a ellos debería pedirle las oportunas explicaciones porqué no se ha abonado ese recibo.
Cuando se devuelve un recibo, el banco cobra por ello, lo que me estraña es que sea tan solo 2,50€
Para abonar lo que debe, pidalé el n de cuenta al administrador y le hace una transferencia de los 5€
02/03/2022 11:46
Buenos días.

Estoy de acuerdo con Jalisco. El error no es de su administrador, sino del banco que ha devuelto indebidamente el recibo. Es lógico que el administrador cobre los gastos de devolución, porque los mismos son individualizables y est´ñña actuando correctamente. Incluso en el supuesto de que hubiera hablado con su madre, la información hubiera sido idéntica. Es su deber cargar el coste del recibo impagado.

Tenga en cuenta que, en numerosas ocasiones, el motivo alegado por la entidad bancaria a la hora de devolver el recibo, es erróneo (voluntaria o involuntariamente -no lo sé-).

Para finalizar le diré que tendrá usted que asumir las consecuencias de su cabreo, porque, tal y como ha dicho, ha generado una deuda aun mayor de la que tenía, así que mi consejo es que hable con su administrador, y, caso de no poder evitarlo, pague los 5,50 € -2,75 € generados por su banco y otros 2,75 € por su impulsividad- ;)

Un saludo.
02/03/2022 14:05
DickTurpin
Buenos días,

está claro que es complicado detallar con todo lujo de detalles los motivos por los que uno se niega a pagar esos costes. En este caso, el administrador me ha comentado esta mañana que este mes habían cambiado la cuenta del Sabadell a la Ibercaja, y entonces mi banco lo ha considerado recibo nuevo y lo ha rechazado, ya que se trataba de una cuenta que quedaba pendiente por una testamentaría, y los recibos se vinculaban a otra cuenta, pero al venir el recibo de una nueva entidad pues ha ocurrido esto.

De todas formas, no se ha entendido bien el motivo de mi pregunta. Hay motivos muy personales, como por ejemplo 12 años viendo como la chimenea comunitaria vierte hollín en la terraza de mis padres, de la que tienen el uso y disfrute, y que tras 12 años quejándose de buena fe, todavía no se ha solucionado el tema.

Es por ello, que dadas esas circunstancias, y lo flexibles que han sido mis padres, me parece curioso que siendo que justo este mes que han cambiado de entidad emisora de recibos no puedan comprender que se trata de un caso excepcional, y como tal haber razonado asumir dicha comisión, que por otro lado tantas sentencias han declarado ilegal, ya que el cobro que hace inicialmente el banco debería ser suficiente para el trámite, se cobre o no se cobre el recibo.

De todas formas, ya he comunicado a la administración de fincas que en el momento en el que mi madre aparezca como morosa por esos 5,50 euros en cuestión, procederemos inmediatamente a solicitar una revisión de la instalación, en especial de la emisión de partículas a la Agencia de Medio Ambiente y Sostenibilidad del Ayuntamiento de Zaragoza, y en el Servicio Provincial de Industria e Innovación de la DGA. Procederemos igualmente a documentar el hecho gráficamente y a guardar en una bolsa las reseñadas partículas para facilitárselas a los órganos competentes.

Hemos cedido durante 12 años y hemos sido condescendientes, pero si a las primeras de cambio y habiendo existido un cambio en el banco emisor de los recibos cogen el libro para incluir como morosa a mi madre por 5,50 euros, cogeremos el libro todos, y en este caso, esa comunidad tendrá que asumir unos importantes gastos para solucionar el problema que la caldera de pellets lleva 12 años ocasionando.

Como se suele decir, si quieren que pierda yo, perderemos todos.

Un saludo,
02/03/2022 15:31
Usted lo ha dicho. Es complicado hacer una exposición escrita en la que no se queden detalles en el tintero. A esperar a ver que hace el administrador de su finca.

Saludos.