Hace 5 años compré una plaza de garaje en una edificio al lado de mi casa. Di mis datos al administrador de la comunidad para que me girase los recibos e incluso llegué a llamarles varias veces durante el primer y segundo año, pero en todos estos 5 años no me han girado ni un solo recibo, ni reclamado ninguna cantidad. Tampoco me han dado ninguna información sobre las cuentas, ni reuniones, ni nada. Viendo ahora las actas de cada año, en ninguna se indica que haya alguien que no esté al corriente del pago.
Es una comunidad un tanto atípica, ya que se trata de un bloque de alquiler protegido donde el propietario de todos los inmuebles, salvo unos pocos garajes, es Gobierno de Navarra, motivo por el cual creo que no se han querido durante estos años liar con las tres únicas plazas de garaje que han vendido.
Sin embargo, sin previo aviso, los administradores de la comunidad me han girado 20 recibos de 2008 y 2009, y me dicen que durante este mes me girarán el resto.
¿Hay algún periodo de caducidad en este tipo de pagos si no los han cobrado ni reclamado en varios años? ¿Puede ahora de golpe solicitar todo el importe? ¿No deberían negociar conmigo como hacer el pago, teniendo en cuenta que al final pagar las cuotas de 5 años en una cantidad ya considerable (unos 400€)?
Es posible que si anualmente se han aprobado las cuentas Ud deba solo el periodo actual. Hay que revisar las actas comunitarias, y si los balances presentan nº rojos, atribuibles a ud. durante el periodo que le reclaman. Ud debe de disponer del dato y de las actas de la reunión del ejercicio.
Hola pasacero,
En las actas que me han entregado, en ningún año se indica nada de que haya alguien que no esté al corriente de pago. En el primer año aparecen más gastos que ingresos debidos a que se estimaron mal los gastos de electricidad, pero nada más.
Gracias
Tomcat, debes ese dinero ya que tú mismo reconoces que lo has pagado, da igual que en las actas no venga que nadie es moroso
Y que estén aprobadas las cuenta, no es carta de pago nunca para estas deudas
En el plazo de prescripción hay un debate sobre si son 5 o bien 15 años, la mayoría se inclina por 15 años, en todo caso, a ti no te afecta ya que son deudas que tienen 5 años, con lo cual, la única posible sería la del 2008 pero al estar a principios de 2013, tampoco estaría prescrita (salvo pequeños detalles que tampoco vamos a entrar ahora por la extensión y porque no afecta a casi nada de lo dicho)
"Es posible que si anualmente se han aprobado las cuentas Ud deba solo el periodo actual"
De dónde sacas eso?
No es cierto, si te reclaman una deuda, debes demostrar que la has pagado y sólo valen los recibos, apuntes bancarios...no vale un acta donde se aprueben las cuenta y ya está.
Gracias por la información Arcos. Desde luego, tal como he comentado, soy el primero en reconocer la deuda, ya que de hecho soy el único que ha estado reclamando pagar durante este tiempo. Mi principal duda es si pueden exigirme el pago ahora de golpe de todo lo atrasado, cuando ni siquiera en ningún momento me han dicho cuánto era cada cuota.
Por ejemplo, las primeras veces que llamé me dijeron que las cuotas serían unos 3-4€ y ahora resulta que cada cuota es de 10-12€, por lo que hay una diferencia importante.
¿Tengo algún margen para exigirles negociar pagarlo en 2 o 3 meses? Se lo he planteado, pero ahora parece que tienen prisa en cobrar y quieren cobrarlo todo este mes.
Aunque no soy Arcos, te contesto, :-)
Legalmente deberías pagarlo todo ya pero si hablas con ellos, les reconoces la deuda y les dices cómo les vas a pagar y que no puede pagar de una vez,seguro que lo aceptan, más que nada porque la alternativa es ir a un monitorio a reclamarte y esto tarda más.
Como parte de la culpa es suya, no deberían ponerte problemas.
Si te ponen problemas, les dices que vayan a un monitorio y así te dan tiempo para ahorrar el dinero y lo cobrarán más tarde.
Sólo un pequeño matiz a lo aportado por Salva, te pueden reclamar lo que en cada momento se debía pagar
Es decir, que si son 10€ al mes ahora, por ejemplo, no pueden reclamar 10€ por todos y cada uno de los meses, si no 10€ por ahora, 9€ por el año anterior (o lo que fuera)...4 € (o lo que estuviera establecido) en el 2008
Eso lo tendrás en las diferentes actas, si no tienes copia, que te indiquen cuánto es y, si tienes dudas, que te enseñen esas actas
Hola a tod@s:
el 18 de enero del presente año 2013 firme las escrituras de la compra de un activo de Bankia y en las escrituras viene especificado que Bankia asume los devengos en el pago de la comunidad/agua hasta el dia de la firma de las escrituras(18/01/2013) y que yo asumo el pago de los recibos de la comunidad a partir de la firma de las escrituras (18/01/2013).
Mi sorpresa es mayuscula cuando la administradora me dice que adquiero una deuda de un año de la comunidad/agua.
Mi asombro es total pues Bankia me dice que yo NOtengo que hacer frente a esa deuda,que les compete a ellos,pero me la reclaman a mi.
Espero que puedan sacarme de dudas de este desagradable e inesperado incidente.
Gracias.
Es que la comunidad hace lo correcto, te reclama a ti porque eres el propietario y te puede reclamar este y año anterior (los anteriores no)
Lo que debes hacer es hablar con Bankia y que ellos asuman eso antes
Es decir, la comunidad actúa como debe legalmente que es dirigirse contra ti pues el acuerdo entre Bankia y tú es privado y lo que acordéis no les afecta a ellos
Si al final la comunidad te denuncia y Bankia no se hace carga, no te quedará otra que denunciar a Bankia por el acuerdo privado que tenéis, pero seguro que no hará falta llegar a eso si Bankia ya te dice que lo deben pagar ellos
Sí entre vosotros pero los contratos privados no afecta a terceros, en este caso la comunidad
Aunque tú le enseñes la escritura a la comunidad, la comunidad no puede demandar a Bankia por falta de legitimación pasiva (sólo a ti)
Pero vamos, que si Bankia te ha dicho que asume eso, más que nada porque está por escrito, pues habla con ellos para que les paguen esos gastos a la comunidad antes de que te reclamen a ti judicialmente y ya está