Los bajos del edificio, deben contribuir a la comunidad en función de los servicios que reciban, es decir, si el edificio cuenta con calefacción central y contador de agua comunitario, y los bajos tienen dichos servicios, deberan contribuir también, si por ejemplo hay un gasto de reparación de la fachada del edificio, los bajos deberán contribuir, o al pago del seguro que tenga la comunidad. En resumen que todo depende si estos se benefician o no de elementos comunes. Un ejemplo claro es el ascensor, si los bajos no tienen entrada al portal, no tienen porque pagar los gastos del ascensor o de luz de las escaleras, etc...
Además me imagino que en los estatutos de la comunidad vendrá detallado la forma de contribuir de cada comunero.
Me voy a hacer cargo de la comunidad a que pertenezco y me he enterado que los dos bajos del edificio no estan pagando la comunidad tienen derecho a no pagarla o estan en su derecho