Hola En la sentencia únicamente se indica que tienes una incapacidad permanente total para tu profesión y que tienes derecho a cobrarla desde una determinada fecha. Eso es lo que Hacienda quiere saber.
Saludos
buenas noches ..he ido ha hacienda y me piden la resolucion de la sentencia para ver si puedo hacer una declaracion complementaria o no . me explican que segun ponga la sentencia se tiene que hacer o no, me podeis explicar un poco como va este asunto .. en la sentencia pone algo de la sala social . gracias
no se si tocais temas de herencias ppues mi caso es que mis hermanos han vendido el piso de mi madre ,en vida de ella y se lo han repartido entre ellos dejandoe ami al margem puedo hacer algo , yo me fui con la edad de 9 años a cuidadar a mi abuela y cuando esta fallecio no me dieron nada . puedo reclamar algo ..gracias
Hola. En la carta del INSS en la que te comunican los atrasos, constan los distintos períodos del año 2017 . todo e l2018 y el 2019 menos el mes de diciembre-2019.
En teoría lo podrían hacer en Hacienda pero has tenido mala suerte en el funcionario. Yo lo intentaría otro día a ver si hay más suerte. De lo contrario tendrás que buscar un asesor fiscalista ( con el consiguiente gasto) o no podrás recuperar el dinero.
Saludos
buenas noches, gracias por la informacion ,pero fuy a ss y ellos me mandaron a hacienda en hacienda me dicen que es ss quien me tiene que hacer un certificado como que pertenece alos años 17/18 , yo llevaba uno que me dieron en ss y decia que no servia que cuando hage la declaracion este año lo ponga todo. .y ahy esta la cosa de un lado a ortro como justifico que lo que me han pagado pertecene a dichos años si me dicen en hacienda que la carta me dieron en ss no sirve .gracias
Hola. El INSS ,al haberte pagado todos los atrasos y al quedar sólo unos días para finalizar el año 2019, te ha contabilizado todos los atrasos de los años 2017,2018 y 2019, como renta generada el 2019. Por ello te ha aplicado un IRPF del 15 %.
Cuando cobres el mes de enero-2020, no te descontarán ningún IRPF, pues el ordenador del INSS, al calcular tu pensión del 2020, determinará que el IRPF es 0%.
Para recuperar el dinero retenido ahora del 15 %, deberás acudir a Hacienda o a un fiscalista a fin de que te hagan declaraciones de renta complementarias de los años 2017, 2018 y cuando hagas la declaración de renta del 2019 ( en abril-junio-2020) te devolverán la cantidad retenida ahora.
Saludos
buenas noches . me han pagado dos anños de atrasos de la ip me descuentan irpf un 15% cuando con la paga que cobro no me descuentan y este mes (cobre los atrasos el 10 de diciembre ) me descuentan de la paga de cobrar 650 me han pagado 550 si alguien me puede explicar lo agradezco .