¿Pero el acuerdo dice lo mismo que ha declarado tu empresa, que es una gratificación extraordinaria y sin retención? Si es así, me temo que no hay nada que "rascar".
Hola! Buenos días a tod@s!
Ayer noche he entrado en la página de la AEAT para la obtención del borrador de la declaración de este año. Y no es lo esperado por lo que no he confirmado el borrador.
Tengo entendido que el trabajador declara íntegramente las retenciones/descuentos soportados en la nómina en la declaración de la renta, con derecho a percibir íntegramente el importe de lo que le han descontado si el resultado es a devolver. Todo en función de los datos personales, familiares y de las rentas declaradas. Si la cuota tributaria es nula, devolverán todo lo entregado a cuenta.
Estoy casada y no tengo hijos menores.
Bien, no tengo mas ingresos que los de mi trabajo. Ingresos brutos de 13943' 74 euros al año.
Una retención al mes entre 8'57 en los primeros cuatro meses del año y 9'67 los restantes meses.
Una suma de las retenciones de 1075.1 euros.
Y el borrador ayer noche figura a devolver 404 euros.
Como pregunto al principio, la agencia estatal no devuelve todo lo retenido?
Muchas gracias. Un saludo. Espero vuestra ayuda
Hace 3 años salí de una empresa con la que teníamos un proceso judicial abierto, ya que nos habían retirado de forma ilegal una parte de la mejora voluntaria durante años, acumulando desde 2009 hasta 2014 una importante suma de atrasos. Finalmente llegamos a un acuerdo y en 2016 me pagaron el 35% de la cantidad que me debían. Cuál es mi sorpresa cuando me ha llegado la carta del irpf y veo que me lo han metido en un solo ingreso en el ejercicio de 2016, en vez de desglosarlo por atrasos de cada año. No me han aplicado tampoco ningún tipo de retención a esa cantidad, lo cual me supone un golpe durísimo este año al hacer la declaración. Es legal que lo hayan hecho de este modo? El concepto del ingreso es "gratificación extraordinaria". No sé qué me deberían haber retenido y estoy, perdón por la expresión, acojonada, con la declaración de este año.
Hay algo que pueda hacer? y en caso de que no pueda hacer nada, que retención se debe aplicar en este caso?