He leído la disposición adicional décima del ET.
La verdad es que no entiendo muy bien lo que quiere decir.
Por otro lado, eduardo trabaja en la administración. Deduzco que es funcionario.
No tengo los conocimientos legales suficientes para poder decir si le concierne o no lo establecido en esa disposición.
eduardo.
Cuando dices que trabajas en la administración, me imagino que quieres decir que eres funcionario. ¿Es así?
¿Podrías citar el texto del documento que refleja las condiciones del anticipo?
Si no puedes o no quieres, te aconsejo que consultes con un abogado laboralista.
En mi opinión, es fundamental conocer el contenido de ese texto para que otros foreros pueden aportarte su experiencia.
Hola:
Sobre lo de "La empresa no me permite continuar un año más, (como era mi intención, para poder pagar el anticipo sin apuros)",quizás te interese leer esto
La última reforma laboral introdujo una nueva disposición, la adicional décima, al Estatuto de los Trabajadores, que declaraba nulas y sin efectos las cláusulas de los convenios colectivos que posibilitan la extinción del contrato porque el trabajador cumpla la edad ordinaria de jubilación fijada en la normativa de la Seguridad Social
Sí, tengo un documento que refleja las condiciones del anticipo. De ahí deviene mi malestar, pues no entiendo como ahora me dicen que tengo que liquidar la totalidad del anticipo cuando aún me queda un año para pagarlo.
Me pueden "embargar" la última nómina para cobrar parte del anticipo?
¿Tienes algún documento oficial FIRMADO en el que figure la cuantía de la deuda,la cantidad a abonar mensualmente, así como la fecha de inicio y finalización del pago de la misma?
Este mes cumplo los 65 años. Mi idea era trabajar un año más para terminar de pagar el anticipo sin apuros.
Trabajo en la administración y no permiten continuar por razones económicas.
Tenía de plazo para pagar el anticipo hasta el próximo año pero al jubilarme este mes me "obligan" a liquidar la totalidad del anticipo.
Primero me comentaron que podía pedir un aval (asumiendo yo los costes), luego que no podía ser y ahora me amenazan con descontármelo de la última nómina.
Todo esto es legal??
Dentro de un mes me jubilo y actualmente estoy pagando un anticipo (me queda un año por pagar).
La empresa no me permite continuar un año más, (como era mi intención, para poder pagar el anticipo sin apuros) y me quiere obligar a pagar las cantidades pendientes del anticipo cuando me jubile. Incluso me comentan que me lo pueden descontar de la última nómina, esto es legal???