impugne una junta de vecinos, la cual perdi y me toco pagar costas. lo que quisiera saber es si cuando un vecino mete en juicio a la comunidad, esta puede pagar los abogados con los fondos de la comunidad. entiendo que si es asi yo tambien soy junta y tengo derecho a pagar mi abogado de dichos fondos no?
Si usted ha perdido el juicio, usted paga a su abogado y al abogado de la Comunidad.
La próxima vez, estudie previamente las posibilidades de exito antes de impugnar en el juzgado. ¿No ha recurrido a la Audiencia Provincial?.
acriton. entonces las costas se tiene que reembolsar a la comunidad? si ellos han cogido dinero del fondo de la comunidad para pagar a su abogada por ende cuando reciban ese dinero lo tienen que meter. micaso fue una mala gestion del abogado. muchos juicios se pierden por un mal abogado que no hace bien su trabajo. pruebas habia y muchas pero no las presnto, y cuando llego el momento dejo pasar los plazos para recurrir. con decirte que al juicio se presento como testigo el secretario que resulta que no es propietario de ninguna vivienda y no esta autorizado por la propietaria y no presento nada. asi como no voy a perder. en fin a los pobres ya se sabe.......
Acriton te ruego me aclares la duda que me ha surgido: si yo gano un juicio con la comunidad, esta será quien pague la costas, su abogado y mi abogado?, o mi abogado siempre lo tengo que pagar yo? gane o pierda?
gracias
explico mi caso. impugne una junta. yo me pague mi abogado particular mas procuradora. pero me entero que ellos han pagado procurador y abogada del dinero de la comunidad. lo que quiero saber es si esto es legal, puesto que yo tambien deberia acceder a ese dinero para pagar a mi abogada puesto que yo soy parte de la comunidad.
jalisco, cuando uno pierde un juicio en la tasacion de costas va la minuta del abogado contrario, por lo que la comunidad debe pagar tu abogado. lo que pasa que la tasacion de costas siempre va en relacion a la cantidad de dinera que sesolicita en el juicio. en una impugnacion de junta si nm hay dinero que reclamar el juicio se valora en costas a razon de 10000 euros.
Hombre, yo entiendo algo a celeste 7.
Un propietario que no está deacuerdo con un acuerdo lo impugna judicialmente y tiene que pagar ( de entrada ) sus gastos, abogado y procurador, sin embargo, si la comunidad paga a su abof¡gado y a su procurador de la cuenta de la comunidad, este propietario estaría pagando tambien el abogado de la parte contraria (en la cantidad que le corresponda de cuota de participación). Entiendo que no es justo. Si se da el caso de que pierde el propietario, pagaría todo y ya está, pero si ganase, estaría pagando una parte (la de se porcentaje de participación de la comunidad).
Entiendo que lo que se debería hacer sería en todo caso una derrama específica para el proceso judicial que han de pagar todos los comuneros a excepción del propietario que demanda.
artie, por fin alguien me entiende. la verdad es que mi comunidad es un caos. ¿ sabes si esto es legal?. otra pregunta. ¿ los burofaxs desde cuando tienen validez, desde el dia que se mandan o desde que lo recoge el presidente?, yo mande uno el dia 15 por que no se ajustaba a la lph, pero el presidente a pasado de recogerlo y a hecho la reunion que habia convocado para el 17.
Si es la Comunidad la que pierde, deberá pagar los honorarios del abogado y procurador de usted como propietario demandante, pero usted estará excento de contribuir a ese pago, asi como al pago del abogado y procurador de la Comunidad.
acriton. la duda que yo tengo es. si yo pongo demanda contra la comunidad ¿ ellos pueden pagarse el abogado y el procurador de las cuentas de la comunidad. si es asi estoy en clara desventaja.
No puede la Junta demandada coger bajo ningun concepto un dinero de la Comunidad para pagar los gastos de una demanda, deben de poner una derrama extraordinaria, ya que son gastos extrordinarios y ese dinero del fondo tambien es suyo. Busque en Google Internet " Jurisprudencia de Comunidad de Propietarios " ir a Página ïndice de Jurisprudencia Civil/ Derecho Civil/ Derecho de...
y busque en Acuerdos contrarios a Ley y Estatutos (81 sentencias), Mayorias para modificación de contribución a gastos Comunes 125 sentencias) y Mayorias para modificación del Título Constitutivo y Estatutos (40 sentencias). Pues bien,
existe una sentencia de la Audiencia Provincial de Oviedo de 17 de noviembre de 1994 y otra de la Audiencia Provincial de Madrid de 28 de febrero de 1995 en las que hay jurisprudencia y hay tiene la solución a su problema. Suerte...
un vecino denuncia a la comunidad por condensaciones y el gestor de finas nos dice que si vamos a juicio perderemos y tenemos que pagar las costas y su vivienda los vecinos le creen y en el acto de conciliación nos dice que debemos firmar para no perder el juicio y asi arreglarle la vivienda por condensación ahora nos enteramos que por condensación debe arreglarla el propietario y no la comunidad podemos denunciar al gestor por mala informacio o ya tenemos que arreglarle la caso podemos echar para tras el acto de conciliacion