Buenas, os quería hacer una consulta. He tenido un juicio por accidente de trafico y contrate a un abogado que va a comisión, os pongo las clausulas de la hoja de encargo:
CLAUSULAS:
PRIMERA.- La contratación del trabajo indicado se efectúa en régimen de arrendamiento de servicios, por que habrán que ser llevados a cabo conforme a las normas de Derecho Civil que regulan dicho tipo de contrato y a las normas de deontología de la Abogacía Española del Colegio Ilustre de Abogados de Sevilla.
SEGUNDA.- Los honorarios se han calculado con base en el objetivo del Encargo y serán los honorarios dimanantes de aplicar el 20% sobre la indemnización total recibida por el cliente, que serán a su cargo y habrán de hacerse efectivos una vez se efectúe el oportuno cobro.
Es el CLIENTE aquí suscribiente quien se obliga a pagar a CCCCCCC los honorarios previamente referidos, sin perjuicio de que una vez pagados y girada la oportuna factura, el cliente pueda, en su caso, solicitar el reembolso de los mismos con cargo a la garantía de defensa jurídica de la póliza de seguros propia, en la medida y cuantía en que fueren reembolsables conforme a los términos suscritos.
TERCERA.- La duración del presente Encargo sera INDEFINIDA hasta la terminación completa del encargo, sin perjuicio del derecho a resolver unilateralmente el presente contrato, en cuyo casi no se procederá a devolución de honorarios ya abonados y, sin perjuicio, del derecho de CCCCCCCC de reclamar los honorarios devengados proporcionalmente por las actuaciones no abonadas.
CUARTA.- Los pagos se realizaran por transferencia bancaria o ingreso en la cuenta XXXXXXXXXXXX.
Para que pueda darse por formalizada la presente hoja de Encargo, deberá aceptarse expresamente la misma(mediante firma o por contestación vía email).
QUINTA.- De los honorarios a cursar por el Abogado quedan excluidos los honorarios de procuradores, otros profesionales técnicos que deban intervenir, tasas judiciales o impuestos.
Expresamente se conviene que si hubiere condena en costas con cargo a la parte contraria, sera el CLIENTE aquí suscribiente quien se obliga a pagar a CCCCCCCCCCC las minutas de honorarios que se devenguen como consecuencias del Encargo conferido por la presente Hoja, sin perjuicio de que una vez pagadas y obtenida la firmeza de las resoluciones que lo permita, se solicite la pertinente tasación de costas para el cobro y reintegro de las que fueren repetibles en la parte contraria, en la medida y cuantía en que así lo fueren.
SEXTA.-Sin perjuicio de lo anterior, las minutas que se cursen a lo largo de la intervención profesional estarán sujetas a las normas y régimen de I.V.A.(incremento) pertinente y vigentes, por lo que los honorarios antes indicados no contemplan I.V.A.
El juicio se alargo mas de dos años y al final ya hay sentencia firme y la compañía contraria fue condenada al pago de la indemnización, pago de intereses y costas judiciales.
Ahora que llego la indemnización tengo que abonar el 20% al abogado eso lo tengo claro, pero el abogado me indica que cuando llegue el pago de los intereses mas las costas judiciales también debo abonarle el 20% de esa cantidad.
Esa es mi duda, ¿debo abonarle también el 20% de las costas judiciales y de los intereses?
Veo, quizás, razonable abonarle el 20% de los intereses ocasionados, pero volver a pagar lo que ya que ha pagado eso no lo veo normal.
Espero haberme explicado bien, un saludo y gracias.
El abogado escribió "indemnización total", creo que se podría interpretar que eso incluye intereses y costas, que tienen un cierto sentido indemnizatorio por el proceso judicial y tiempo, pero si usted no está de acuerdo, puede pedir la mediación del Colegio de Abogados.
gracias por tu respuesta, por eso os quería consultar ya que yo no entiendo.
El caso es que yo he pagado el 20% de la indemnización. Y luego cuando llegue el pago de las costas judiciales, que entiendo que son los honorarios del abogado mas los honorarios del procurador, y los intereses generados en los dos años de juicios el abogado me indica que de nuevo he de pagar el 20%.
¿Al decir "indemnización total" se refiere o comprende todo el conjunto: indemnización mas costas judiciales mas intereses?