Vamos a firmar una hipoteca en los proximos días, en la provisión de fondos de la gestoría, sale el concepto de impuestos con un valor que es exacamente el 1,5 % del valor del inmueble, nosotros interpretamos que hace referencia al AJD. ¿Tenemos que pagarlo nosotros o es el banco quien se tiene que hacer cargo? Estamos bastante perdidos en este tema. Gracias por vuestra ayuda.
Lo paga el cliente. Hubo varias sentencias del TS que lo imputaban al banco pero finalmente en la última votación decidieron volver a la antigua práctica.
Si lo pone en la documentación es otra cosa, pero asegúrense de que lo hacen porque si no lo hacen y se queda sin pagar, a quien se lo van a reclamar es a usted.
La jurisprudencia resolvió las hipotecas antiguas. Las nuevas ya se rigen por el decreto ley de urgencia que sanchez promulgó antes de las elecciones de abril, debido a todo este tema y que ahora es el que se aplica, que dice que el banco pagará ese impuesto en la escritura del préstamo.
Si a ustedes les sale una partida en la provisión de fondos por AJD se debe referir al AJD de la escritura de compraventa. El AJD de la escritura de compraventa lo pagan ustedes y el AJD de la escritura de Préstamo Hipotecario lo pagará el banco.