Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Página web

1 Comentarios
 
06/12/2004 13:25
Estimado Ignacio, en mi opinión, y dejando bien claro que el asunto a analizar exigiría un estudio más detallado - cuestión ésta que ahora no hago -, estimo que no sería delito lo expuesto, pues de serlo, el encaje sería en el delito de apología, contemplado en el artículo 18 de nuestro vigente Código Penal, el cual entiende que es apología la exposición por cualquier medio de difusión - Internet lo es - de ideas o doctrinas que ensalcen el crimen o enaltezcan a su autor, siendo ÚNICAMENTE penable si por su naturaleza y circunstancias constituyese una incitación DIRECTA a cometer un delito.

A mi entender, el texto de dicha página web no busca ínicitar a nadie a la comisión de los delitos que expone, sino que por el contrario, expone lo fácil - a entender del autor del texto - que es su comisión, desprendiéndose claramente de su lectura que, precisamente, están en contra de dicho tipo de denuncias falsas, de lo cual se deduce que lo menos que buscan es que éstas se produzcan, siendo su intención difundir la situación de desventaja en que, ante tales hechos, se podría encontrar un hombre así denunciado.

Javier Hernández, abogado
Protección Legal.com
www.proteccionlegal.com
Página web
05/12/2004 23:42
Buenas noches:
Mi pregunta es:
La página www.defensorhombre.com, ¿puede considerarse incitación o provocación al delito?