Una persona que trabaja en una empresa de enseñanza privada y que esta acogida al cuarto convenio de empresas de enseñanzas privadas sostenidas total o parcialmente ,con fondos publicos ,en el articulo 61 del citado convenio dice: ¨los trabajadores que cumplan 25 años de antiguedad tendran derecho a una paga cuyo importe sera equivalente a una mensualidad extraordinaria por cada quinquenio cumplido¨ . Esta persona reune los requisitos expresados anteriormente .¿Como debera abonar la cantidad correspondiente la empresa y en que periodo de tiempo ? GRACIAS