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pagare

3 Comentarios
 
21/10/2004 23:21
A ver, el pagaré es un título abstracto, de manera que para el ejercicio de la acción cambiaria no es necesario acreditar negocio causal alguno.

Ahora bien, ya en el procedimiento por el que se haya ejercitado la acción cambiaria, y dependiendo de quien sea el tenedor (beneficiario, endosatario, cesionario) sí podría entrar en juego el negocio caual mediante las correspondientes excepciones.

Un pagaré sin fecha de vencimiento es pagadero a la vista.
21/10/2004 17:44
Gracias, Lexis lo que ocurre es que el pagaré no tiene fecha de vencimiento y no parece estar muy claro la causa de la que viene.
21/10/2004 12:46
El pagare es una obligacion de pago, si ha sido aceptado a fecha fija no necesita demostrar con mas documentacion cual es el origen de la deuda. No obstante desconozco si en caso de no ser abonado, en una denuncia judicial (podia ser un monitorio) existiria la obligacion de demostrar con otros documentos la deuda contraida por la parte contraria.
Pagare
21/10/2004 11:41
¿La sola tenecia de un pagaré presupone la existencia de un obligado al pago o debe para su reclamación traer causa de un negocio y su consiguiente demostración?