Presente demanda por procedimiento cambiario con pagare no a la orden, se comunicó al librado la cesión del crédito y contesto de forma afirmativa a dicha cesión, posteriormente entro en concurso voluntario, y el cedente se opone a la demanda en base a relaciones personales con la actora del pagare indicando que se desvirtuó el carácter endosable del crédito desde la perspectiva cambiaría indicando que se le entrego cantidad distinta al nominal del pagare alegando a su vez intereses abusivos e indicando que no indicábamos la facultad de reclamar el importe del principal por via ejecutiva (cosa que si aparece en el contrato de cesión si se estipula) alguien me orienta de como enfocar la vista previa que tengo mañana? Gracias por la premura