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Pagar un sueldo inferior a la base mínima por un trabajador contratado en ese grupo de cotización

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Pagar un sueldo inferior a la base mínima por un trabajador contratado en ese grupo de cotización
12/03/2019 13:13
Hola, hace poco he sido contratado como orientador profesional para la inserción para un Ayuntamiento en el grupo 1 de cotización a media jornada (50%) y mi sorpresa al recibir la primera nómina es que por 10 días de trabajo voy a percibir 182,63 € (incluida la prorrata de la paga extra de junio), sino habría sido menos. Con la prorrata de la paga extra de junio sale un salario bruto de 607,55 € al mes.
Este salario bruto es inferior a la base mínima de cotización del grupo 1 (733,20 € para este año) pero para no pillarse han calculado la S,S en base a 741,72 € que es un poco superior a lo mínimo con lo que percibo 134,17 € menos de lo que indica mi base de cotización pero pago el 6,4 % de seguridad social de 741,72 € lo que influye en que mi salario neto sea menor.
¿Es esto legal pagar un sueldo inferior a la base mínima por un trabajador contratado en ese grupo de cotización aunque la base de cotización puesta sea algo superior a la establecida en la Seguridad Social?
Cabe destacar que en el mismo Ayuntamiento se contrata a desempleados en turnos de 15 días a jornada completa (equivalente a 30 días a media jornada) sin cualificación para realizar tareas básicas como limpieza de calles, peones,... cobrando un sueldo neto de unos 580 € (en grupos de cotización 8-10).