Creo que no me estoy explicando bien:
- Hay 1 comunidad de propietarios de los portales (1 por cada portal)
- Hay 1 comunidad de propietarios de garajes y trasteros (de la que pago religiosamente la cuota que tengo asignada)
- Hay 1 mancomunidad de propietarios que engloba las 8 comunidades de propietarios anteriores.
Los propietarios de los portales quieren que los que tenemos garaje y no vivienda paguemos por el uso de su portal y su ascensor, cosa que han pedido en la reunión convocada a través de la mancomunidad. y se ha aprobado con mi voto negativo. Se pide por limpieza, luz y mantenimiento del ascensor.
En mi hipoteca no viene especificado por qué portal tengo que pasar, pero que el acceso es el portal y ascensor.
- ¿es la comunidad de propietarios del garaje la que tiene obligación de pagar esa cuota o soy yo el que lo tengo que pagar individualmente por solamente tener una plaza de garaje?, porque claro, los vecinos dicen que ellos no tienen que pagar nada extra por usar su ascensor, porque claro:
- Yo entiendo que: yo, como propietario de una plaza de garaje solamente tengo derecho de paso por el portal desde mi garaje al portal para salir y viceversa, no tengo derecho a ir a otra planta que no sea la de la salida del portal y tendría que pagar la parte proporcional.
De todas maneras, ya le he pedido al administrador del garaje que me facilite los estatutos de la comunidad del garaje para ver que dice.
Usted tiene que pagar lo que diga la División Horizontal (o estatutos registrados, si es el caso). Pero.......
- Habla de que paga aproximadamente un 10% de unos gastos, que no es por coeficiente, etc.
- Dice que ahora quieren que paguen ¿otra cuota? porque así lo han decidido ¿quién?
Me parece que están haciendo las cosas bastante mal, las cosas se hacen según ley.
¿Tienen administrador?, porque sería el colmo que él no supiera resolver este problema, y decirles lo que pueden hacer y lo que no.
Muy sencillo, o no:
- Yo pago una comunidad de un garaje, en el que creo que es la comunidad del garaje es la que tiene que facilitarme una entrada adecuada.
- No pago según cuota, sino por lo que los propietarios de viviendas han considerado justo, aproximadamente un 10% de varios costes, luz, limpieza y mantenimiento. Considero que estos costes de deben adecuar al uso del paso exclusivamente de los garajes a la calle. Como propietario de una plaza de garaje y derecho a salir a la calle, no tengo derecho a ir a otro lugar. Es como si tengo derecho de paso por un camino de una finca privada (servidumbre de paso), no tengo derecho a pasearme por toda la finca.
Si en el titulo constitutivo consta que su plaza de garaje tiene una cuota de participacion, tienes que pagarla.
Las cuotas de participacion solo se pueden mudar por unanimidad de todos los propietarios.
No sirve mayoria simple.
Si es coincidencia, mi comunidad son tambien 7 edificios.
Seguramente tendrias que aceder en el registro de la propiedad al titulo constitutivo de la comunidad, o comunidades, caso el garaje sea una comunidad separada. En el constara tu cuota de participacion, y probablemente tus derechos y obligaciones como propietario de una plaza de garaje.
En mi caso, lo que ocurre es vergonzoso, segun consta en todos los documentos de la comunidad, los garajes, independiente de que los propietariois de las plazas vivan o no, en la comunidad, tienen una cuota de participacion en los gastos de la comunidad que no satisfacen, llevo años luchando con el problema sin solucion, en las juntas generales a las que acuden muy pocos vecinos, los propietarios de pisos y garajes son siempre mayoria y no hay forma de hacerlos pagar lo que les corresponde por ley.
Solucion, denunciar a la comunidad. Por que no lo hago. Porque tengo que contratar abogado y procurador, esto supone un gasto, que recobraria, porque estoy seguro de ganar, pero que mi pension no me permite.
Asi va este pais, esta es nuestra peor perdida, la ciudadania en general, salvese quien pueda, a perdido el concepto de la moral.
Pues entiendo que Ud. debe responder a todos los gastos del inmueble según la cuota asignada em las escrituras, exceptuando si en los estatutos indica que tiene alguna exoneración.
Hola martingaboardi, soy de Huelva, pero de todos modos podremos estar en contacto para que todos podamos esclarecer qué sería lo más justo y lo que dice la jurisprudencia (si la hay)
A ver si algún forero nos puede ilustrar sobre el tema.
Puede ser coincidencia. La Comunidad en que yo vivo esta situada en Guadalajara Capital, 7 edificios, 1 sub-comunidas de garajes, etc. Si se trata de la misma tal vez tengamos reclamaciones similares que hacer al administrador y presidente. Espero su confirmacion.
Pagar por derecho de paso por el portal desde/hacia garajes
Hola amigos, os expongo mi caso a ver qué opinais,
Soy propietario solamente de una plaza de garaje.
El edificio en cuestión tiene 7 portales y hay constituídas: 1 comunidad para el garaje, 1 comunidad para cada uno de los 7 portales y 1 mancomunidad de propietarios para el conjunto del edificio.
No hay entrada peatonal desde los garajes directamente hacia la calle.
En las escrituras dice que el acceso hacia los portales se realizará a través de escaleras o ascensor de los portales pero no hace referencia a servidumbres de paso o derecho de paso, etc. También dice que tengo una cuota de participación X sobre la totalidad del edificio.
Entiendo que solamente tengo derecho de paso de tránsito desde/hacia el garaje y que no debo usar, como propietario del garaje a los elementos comunes del portal/edificio.
Las comunidades de propietarios han solicitado que los propietarios de garajes sin vivienda paguen una parte por el uso/mantenimiento del ascensor, limpieza de escaleras, línea de teléfono del ascensor y luz (de iluminación y del ascensor)
El problema está en que la cuota que quiere cobrar las comunidades (a través de la mancomunidad) considero que es NO PROPORCIONAL al uso que voy a realizar. Los propietarios de las comunidades de los portales piensan que la cuota que han estimado es irrisorio, yo también pienso que es irrisorio el uso/desgaste que voy a realizar de sus instalaciones.
He realizado la propuesta que consiste en la instalación de un acceso peatonal por la rampa de entrada, algo que no han querido.
Ahí vienen las preguntas ya que el tema no es tan fácil.
- ¿tiene la comunidad de los garajes obligación de garantizar el acceso hacia los mismos? y si es así ¿deberá costear esos gastos la comunidad del garaje?
- Al haber realizado la solicitud la mancomunidad de propietarios ¿Debo pagar según la cuota de participación que poseo del edificio en su totalidad?
- Si por casualidad saliese alguna derrama extra en la comunidad, por ejemplo realizar cambios en la instalación eléctrica ¿tendría que pagarla?
De momento he votado en contra y he comunicado que todas mis exposiciones consten en acta.
Tengo muchas más preguntas pero no quiero aburriros.