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Pagar la instalación de agua potable y alcantarillado solo un vecino

4 Comentarios
 
Pagar la instalación de agua potable y alcantarillado solo un vecino
14/12/2016 10:35
Buenos días,
Nos estamos construyendo una casa al final de una calle pública de 150 metros que no dispone de agua potable ni alcantarillado.
Algunos vecinos en su día se hicieron una fosa séptica y se traen el agua potable con mangueras que se instalaron, otros se pudieron conectar en calles paralelas porque su parcela da a dos calles, y a parte hay parcelas sin edificar en esta calle donde estamos construyendo la casa.
Antes de pedir la licencia de instalación de la casa (año 2013) el Ayuntamiento nos dijo que instalarían ellos el alcantarillado y agua potable en toda la calle y que nosotros solo tendríamos que pagar la conexión delante la casa. Incluso nos trajeron una Notificación de Decreto de Alcaldía donde decía que instalaban el agua potable y alcantarillado en la calle donde construimos la casa, pero no se llegó a instalar nunca. Ahora que estamos a punto de terminar la casa nos dicen que tendremos que pagar nosotros el coste de los 150 metros de instalación de toda la calle (de momento esta por instalar), y que si no hay estas instalaciones en la calle no podremos entrar a vivir en la casa porque no nos darán la licencia de primera ocupación.
¿Es esto posible? En comentarios en este foro he visto que si se hace pagar a los vecinos. ¿Pero lo normal no seria solo pagar la parte proporcional según los metros de nuestra fachada? Y el resto pagarlo el Ayuntamiento y si algún vecino se quiere conectar a esta instalación hacerle pagar la parte proporcional de su fachada hasta que todo quede pagado entre todos los vecinos si se quieren conectar todos.
Estaría muy agradecida si me pueden indicar si la instalación de toda la calle la tenemos que pagar solo nosotros, si solo tenemos que pagar la parte proporcional según los metros de fachada de nuestra casa, o si lo tiene que pagar el Ayuntamiento al haber echo Decreto de Alcaldía que lo instalaban antes de que nosotros pidiésemos la licencia de obras.
Gracias por adelantado.
14/12/2016 11:13
Ani2
No dices la respuesta que te han dado al enseñarles el ¿Decreto? de alcaldía.

Por otro lado, es de interés conocer la calificación urbanística del suelo, ¿urbano no consolidado? y si, en su caso, está incluido en unidad de ejecución para opinar con criterio.

Informar si la concesión de licencia está condicionada a la ejecución de las obras de urbanización que falten, también es importante.
15/12/2016 09:46
Ani2
Del Decreto no le dieron mucha importancia, porque se hizo cuando estaba otro gobierno en el Ayuntamiento. Como nosotros no sabemos si igualmente se tienen que cumplir estos decretos aunque se cambie de gobierno, de momento no podemos exigirlo.

Sobre la calificación urbanística del suelo solo encuentro información de que es una parcela urbana, pero no se si esta consolidada o no consolidada. Esto supongo lo tendría que preguntar en el mismo ayuntamiento o si sabes alguna página web donde lo pueda mirar. Tampoco se si hay alguna unidad de ejecución.

En la licencia no hay ninguna condición de hacer obras de urbanización que falten, solo pone así que se le parezca que se tiene que tener una red separativa de aguas pluviales y residuales. Es una calle antigua, que no hay aceras, esta por asfaltar, no hay servicios de agua potable ni alcantarillado, solo hay alumbrado. Aunque parezca increíble se trata de una calle pública y hay algunas calles mas así en el pueblo, pero nuestra calle quizás es de las que se ve mas abandonada.

Te agradecería si me pudieses decir que posibilidades en caso que se trate de una parcela urbana consolidada, o en el caso de no consolidada. Y como afecta si hay una unidad de ejecución.
15/12/2016 11:01
Ani2
Siendo que no dispone de los servicios urbanísticos necesarios para tener la consideración urbanística de solar, estimo que la parcela estará clasificada como suelo urbano no consolidado en el Plan General de Ordenación Urbana que es el instrumento competente para clasificar el suelo de la totalidad del municipio.

Las leyes urbanísticas obligan a los PGOU a delimitar áreas de suelo así calificadas para que sean desarrolladas mediante unidades de ejecución.

Las unidades de ejecución constituyen el ámbito espacial de una actuación urbanizadora de forma que permitan el cumplimiento conjunto de los deberes de cesión de suelo, equidistribución y urbanización de toda su superficie y cumplan los requisitos determinados en el propio PGOU para que las parcelas incluidas en ellas se conviertan en solares.

Que la licencia indique que debe tener una red separativa de aguas pluviales y residuales, en mi opinión, es un dato significativo condicionante para obtener la licencia de primera ocupación.

Puedes examinar en el PGOU la situación urbanística de la parcela o, si lo deseas, indica el municipio y veré en que puedo ayudarte.
perfil veo
17/12/2016 00:00
Ani2
hay mucho suelo clasificado como urbano consolidado que no dispone de todos los servicios urbanísticos
y es que para ser urbano consolidado ha de estar ordenado y existir posibilidad de dotarlo de los servicios inexistentes
si dispone de ese Decreto, y es previo a la licencia, algo podrá hacer. Lo adecuado sería que no le concedieses esa licencia de primera ocupación, pero, sin duda, esos servicios no los pagará usted solo, e incluso podría solicitar indemnización por el tiempo que no pueda usar la casa por carecer de esos servicios
distinto será si no es un Decreto y es una promesa electoral o una entrevista de prensa