hola ac37 creo que tanto tu vía como la mía son iguales de respetables. Sí que es verdad que el art. que mencionas del CC hace referencia a la diferencia de valor entre bienes , aunque el anterior al mismo hace referencia a la compraventa en sí como cambio de bien por dinero... hay diferentes argumentos para cada uno de los preceptos de la ley. Son respetables las dos opciones aunque yo, en esta situación me decantaria por la permuta dado que el hecho de diferenciar el negocio entre compra venta y permuta basandose en la cuantía de los bienes es como último recurso.
Bueno, MYJ no es así en un modo tan tajante como das a entender, pues según el art.1446 hay q estar a la intención de los contratantes y en su defecto al contenido del art. citado:
"Si el precio de la venta consistiera parte en dinero y parte en otra cosa, se calificará el contrato por la intención manifiesta de los contratantes. No constando ésta, se tendrá por permuta, si el valor de la cosa dada en parte del precio excede al del dinero o su equivalente; y por venta en el caso contrario".
Este procedimiento no es una compraventa en sí, es decir el contrato que has de realizar es una permuta, porque lo que vas a hacer no es más que un "treuque". el contrato de compraventa no procede en este supuesto.
Hola. Queria comprar un coche de segunda mano a un particular, y entregarle mi coche como parte de pago.
En el contrato de compraventa se incluye el pago con otro coche mas dinero en un cheque?? o como se haria ??
o se harian 2 contratos de compraventa y yo le venderia mi coche por 1 euro por ejemplo ??