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pagar comunidad anterior a mi compra

10 Comentarios
 
18/02/2009 20:33
Acriton, en la última junta general (septiembre de 2008) y siendo ya la propietaria, en el primer punto del día (aprobación del estado de cuentas de la comunidad) hay unas líneas en las que se dice: "existe una deuda en la vivienda 2ºB de x €, aunque es perteneciente a la promotora, ya que dicha cantidad es de cuotas anteriores a la compra del nuevo rpopietario. la deuda aún no ha sido liquidada después de realizarse múltiples gestiones".

Reconoce que la deuda es de la promotora y que ha hecho multiples gestiones para solventarla... ¿no es suficiente reconocimiento? Lo que ocurre que como no es capaz de solucionar el problema pretende endosárnoslo a nosotros.
¿Creeis que con ésto y mis escrituras podría plantarme en no pagar esa deuda?
05/02/2009 21:12
Pues no estoy muy segura de si existe constancia en acta sobre ese tema, pero gracias por preguntarlo porque en este fin de semana lo aclaro.

Por otra parte el administrador sí que es el nombrado desde el principio por la promotora (cosa que desde el primer momento dije a la comunidad que no me agradaba- y más teniendo los problemas que habíamos tenido desde el principio-) ¿Tú también crees que es un error que sea el mismo admisistrador que nombró la promotora?.

Gracias por contestar. Un saludo
04/02/2009 20:59
¿Existe por parte de la Comunidad un reconocimiento de la deuda tomado en Junta General convocada al efecto, con ese punto en el orden del día?. ¿Hay constancia de que la Comunidad procediera en su momento a la reclamación del pago a la Promotora?.
¿Quien nombró al Administrador?, ¿la propia Promotora?.
04/02/2009 00:56
La LPH establece:
El comprador responde de las mensualidades NO pagadas del año en curso y de las de todo el año anterior.

A parte de eso, lo pides ante un notario y este no da FE de tu reclamación?, perdona pero no entiendo, que este señor, notario, continuase con la compra de la vivienda en el momento que detecto errores de forma.
03/02/2009 08:26
Hola a todos y todas y muchisimas gracias por vuestros mensajes. Me temo que me va a tocar pagar (a ver por donde sale esto). Os cuento.

Yo sabia que no se habían pagado los recibos y lo dije ante notario. El notario pidió explicaciones y el vendedor (constructora) dice que aun no le habian girado ningun recibo pero que en cuanto se lo hicieran llegar los pagaría sin problema (inocentes de nosotros).
Lo que pone en mis escrituras es lo siguiente:

GASTOS DE COMUNIDAD: Al ser las obras del edificio de recientísima terminacion, no se han girado aun recibos por tal concepto; en consecuencia, la parte compradora, exime expresamente a la entidad vendedora de la obligación de aportar certificación de la comunidad de propietarios que acredite no haber gastos comunes pendientes.

Mi duda es la siguiente. si a fecha de mis escrituras el resto de vecinos tenían pagadas 6 mensualidades ¿por qué el administrador se las exigio a todos los vecinos y a la constructura. no? y en caso de que la constructora mintiera y sí se le hubieran girado los recibos ¿porqué no se los siguen reclamando a ella?.

Yo entiendo que es una irregularidad del administrador y que le resulta más fácil reclamarnos a nosotros (que acabaremos cediendo antes de que nos llamen morosos) que a la constructora que se lleva escaqueando desde que hizo la entrega de llaves.

gracias de nuevo.
31/01/2009 19:46
Hola.

El comprador tiene que solicitar al vendedor un Certificado indicando que esta al corriente de los pagos con la comunidad de propietarios. Se llama Certificado de Deudas, el vendedor lo tiene que solicitar al secretario de la comunidad y este en el plazo de 7 días lo tiene que entregar al propietario, este Certificado dirá si el propietario esta al día o no en los pagos.

El comprador dará este Certificado al vendedor, y así sabe uno a que atenerse. El Notario esta obligado a pedir este Certificado, sin el no se podría hacer la Escritura, pero los Notarios se escudan en que no pueden dar fe del documento ya que no reconocen las firmas del secretario y presidente de la comunidad. Como se ve hecha la Ley, hecha la trampa.

Si el comprador no exige este documento al comprador y el Notario lo pasa por alto, el nuevo propietario exonera de estos gastos al propietario y el comprador asume la deuda que tenia el vendedor con la comunidad del año en curso de la firma de las Escrituras y del anterior, es el tiempo máximo que puede reclamar la comunidad de propietarios al nuevo propietario.

Saludos
29/01/2009 20:26
Creo que el estar libre de cargas no tiene nada que ver con la comunidad, si no que se refiere que no tiene ninguna hipoteca o creditos bancarios, en cuanto al señor notario lo que hace es poner en la escritura que el comprador no exiguio el certificado de la comunidad y claro de esto se entera uno cuando te dan la escritura y la lees tranquilamente en casa, porque delante del notario no te enteras de nada de lo que te dice, almenos eso fue lo que me ocurrio a mi, pero bueno no todos son tan tontos como yo.
28/01/2009 19:32
¿No exigió el notario, la presentación de una certificación de la Comunidad de estar el vendedor al día en las cuotas?.
27/01/2009 22:02
gracias mirimi. Llevas toda la razón con lo de firmar, pero precisamente firmamos un año después de la fecha oficial de entrega porque cometieron grandes incumplimientos de contrato (no poner ascensor cuando aparecia en el proyecto, por ejemplo) y lo cierto que después de toda la lucha no pense que estos 400 euros fueran a ser un problema. Volveré a revisar las escrituras.

Un saludo
27/01/2009 20:27
Yo no soy experta en la materia, pero lo que está claro es que cuando compras, la vivienda tiene que estar libre de cargas, por tanto la deuda a mi modo de entender, la tiene contraida la promotora con la comunidad, y se la deben reclamar a la promotora,
por más que la comunidad estuviera constituida antes de comprar usted.
La promotora debía haber liquidado la deuda antes de firmar escrituras con usted, y eso en las escrituras normalmente aparece (que está libre de cargar), si no fuera así, el notario lo hace constar.
y hasta que esto no se resuelva, yo me hubiera negado a firmar.
Pagar comunidad anterior a mi compra
27/01/2009 19:50
Pues si, el administrador nos pide que paguemos cerca de 400 euros de comunidad que debia la promotora. Yo firmé escrituras el 2 de febrero de 2008 y he pagado mis cuotas desde ese momento, pero ahora me reclaman las anteriores. ¿Es eso posible? ¿Las escrituras no son libres de cargas?

Muchas gracias de antemano