(Ya he escrito el mensaje antes y no sé a dónde lo he enviado pero no lo veo aquí, así que repito).
Mi problema es que la comunidad de vecinos siempre había cobrado por adelantado pero cada primero de mes. Actualmente lo hace por trimestres adelantados. Igualmente lo hace el seguro de la vivienda (Mapfre) y mi sueldo no me permite esos pagos. El de la comunidad cuando le llega el recibo devuelto me lo vuelve a cobrar con gastos de devolución y no me quiere dar su cuenta para que yo haga la transferencia cuando tenga el dinero.
La pregunta que hago aquí es si tengo derecho legal a que me cobren por meses y no por trimestres adelantados.
¿Como hace usted actualmente los pagos a la comunidad?. ¿Directamente en la oficina del administrador?. ¿El administrador le carga los recibos en una cuenta suya?.
El actual administrador hace poco tiempo que lo es, no llega a un año. La anterior administradora se vió incapaz de luchar contra la empresa que era dueña de todo el edificio y que entró en concurso de acreedores y debe miles de euros porque posee aún unos cuantos pisos. Así que la anterior administradora, que cobraba por meses e incluso podías ir a pagar a su oficina, renunció a esta administración y un vecino que se hizo presidente buscó una asesoría que es de un abogado y que si no estás al corriente, te denuncia al juzgado (cosa que me hizo, como si yo fuera una delincuente, y tuve que faltar a mi trabajo esa mañana... ¡y ahora pide costas! En cambio, la empresa propietaria de los pisos vacíos y en concurso de acreedores debe más de 5.000 euros.
Anónimo
30/09/2016 16:31
Margarita4
Acriton nos puede explicar el porque de su pregunta, porque no veo la relacion con la pregunta.
Margarita, se aprobo en junta dicho acuerdo?
No puede ser que porque si, sin aprobar en junta proceso monitorio contra usted, la hayan denunciado. Nos puede explicar esto?
Si le devuelven un recibo por la causa que sea, no pague comisión porque es ilegal al no generar gastos. Ahora, si lo devuelven por segunda vez, sí se producen unos gastos que los tiene que asumir el que debe.
El pago lo ha de realizar en efectivo o por transferencia. Si no le quiere facilitar el número de cuenta, dígale que lo va a denunciar al Colegio de Administradores.
A mí me devolvieron un recibo y la administradora me comunicó que debía ingresar 6€ más por gastos de devolución.
Le ingresé la cantidad correspondiente al trimestre y del recargo le dije que tururú.
No se habló más del tema.
Anónimo
01/10/2016 00:17
luna 1943
Pregunto a luna, a quien trabajo en un banco o a un administrador:cuando se devuelve un recibo por que no se abona, se crea o no comision?
En caso de que si se cobre una comision, quien deberia abonarla, la comunidad?
Pues eso es lo que aconseja luna 1943
Nada obliga a un comunero a dar el IBAN de su cuenta bancaria.
Ni aunque lo acuerde la Junta de Propietarios (no puede acordar eso).
Diga Vd., al "listillo" de su administrador (por escrito) que le proporcione el IBAN de la cuenta de la Comunidad y que su actual cuenta la va a cerrar.
Una vez tenga la cuenta de la Comunidad (que tiene que dársela Si o Si) allí ingresa Vd., los gastos comunitarios.
Pruebe eso que creo que no tendrá problemas. Todo negro sobre blanco (por escrito).
Cualquier cosa...vuelve a este foro.
Es una pena que ya pasase por el procedimiento Monitorio. Tenía que haberse informado antes...le habríamos informado de como combatir eso...
Al ser una comisión ilegal prohibida por el Banco de España no la ha de asumir nadie, porque en realidad no se ha generado gastos en esta primera devolución. Es, hablando claro, un timo. No la pagas y punto.
Lamento no haber contestado antes a las apreciadas respuestas que recibí; el motivo és que estoy haciendo las vacaciones de verano cogiéndolas por cinco días cada vez y que no tengo más ordenador que el del trabajo. Por cierto que a partir de mañana volveré a estar de vacaciones por 5 días laborables.
También quiero dar las gracias a las personas que me han contestado con su opinión.
Respecto a si se aprobó en junta el monitorio, no lo sé, no vivo en ese edificio aunque tengo un piso y el presidente no avisó de nada. Aunque no vivo ahí, sí que voy todos los días porque tengo un gato que no se deja coger y voy a ponerle comida, etc. El presidente sí vive en el edificio y podría haber tenido el detalle de avisarme.
Hasta ese momento no se había devuelto ningún recibo de mis cuentas puesto que ellos no tenían los datos de ninguna de mis libretas. Antes del actual administrador, se podía ir en persona a la administradora y se pagaba allí con billetes, cosa que yo hacía.
Si se aprobó en junta, a mí no me informaron de nada-nada.
Anónimo
04/10/2016 13:13
Margarita4
Margarita4 no nos explica bien su problema.
Una comunidad no denuncia a un propietario en un juzgado sin antes emprender proceso monitorio, el cual tiene que ser aprobado en la junta y que figurara en la convocatoria como pun to del día.
Si queda aprobado el proceso monitorio, de este acuerdo debe de ser informado el moroso de forma fehaciente. Lea art.21 de la LPH
Nunca de el dinero al administrador, es muy facil que se pierda en un cajón
a usted que dirección le envian la documentación de la comunidad.
dice que la han denunciado en el juzgado (sea más amplia en esta información)
ha recibido carta de la comunidad de forma fehaciente de emprender proceso monitorio?
Recibe las convocatorias y actas?
Ha ido ya al juzgado?
Si no ha ido como sabe todo?
Brevemente, porque estoy en el trabajo y de todas formas no sé más que lo que voy a decir:
Voy cada día a cuidar al gato que no se deja coger por ser asilvestrado) y tengo en ese piso mío. Entonces un día encuentro un papel en el buzón de que han venido a traer una citación y no han contestado al timbre. Yo no hice caso porque consideraba que no había motivos y lo propio es que venga el presidente y te diga qué quieren. Entonces me pusieron una citación más deultimátum por debajo de la puerta del piso. Así que pedí permiso en el trabajo y recogí la demanda. Yo ni sabía quién era el nuevo presi ni el nuevo administrador, a pesar que voy todos los días.
¿Que domicilio tiene usted declarado a la comunidad, para que le envíen convocatorias, actas y cualquier notificación?.
De tenerlo declarado, ¿recibe usted en ese domicilio, las convocatorias, de juntas, las actas y las notificaciones?.
No tiene por que ser donde usted tiene la vivienda en esa comunidad. Puede declarar otro domicilio donde le sea mas fácil recibir la correspondencia.
Estoy empadronada en ese domicilio y voy todos los días, por la mañana antes de ir a trabajar a Barcelona y por la tarde cuando cae el sol. No fallo ningún día porque me importa el gato que tengo ahí y no se deja coger. No recibo nada de nada de nada. Me da la impresión que el administrador y el presidente hacen a su aire y pasan del resto, ya que hay bastantes inquilinos de renta antigua y también pisos vacíos. El edificio es de los años 30 y es de una empresa en concurso de acreedores que no está pagando la comunidad.
Anónimo
04/10/2016 16:09
Margarita4
Margarita,sigue sin explicarse bien, no se le pregunta donde esta empradonada, si no que direccion dio en su dia a la comunidad para el envio de la correspondencia
Cada vez nos da una informacion, ahora resulta que el edificio es de una empresa, entonces usted es propietaria o no?
Lo del gato no viene a cuento , no importa para nada para el problema.
A usted le envian las con vocatoria a juntas y las actas?
Ha ido ya al juzgado?
Que le han dicho?
Si usted no ha recibido ninguna acta donde su deuda es reconocida por la comunidad y donde venga recojido que se emprende proceso monitorio contra usted, no le va a pasar nada