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paga extraordinaria minorada de un plus

2 Comentarios
 
Paga extraordinaria minorada de un plus
01/07/2005 18:51
En el mes de febrero de 2005 deje mi cargo de subdirector. A efectos retributivos no tenía reconocida la categoría, si bien percibía un PLUS de subdirección desde el 2003.
He cobrado la paga de junio y no he percibido la parte proporcional de este plus de subdirección (que creo se habría generado desde el 1 de julio de 2004 al 31 de enero de 2005, fecha en la que deje el cargo), y me han abonado el importe correspondiente a una mensualidad actualizada (sin el plus).

¿Ha actuado correctamente la empresa o bien tengo derecho a cobrar en la paga de verano la parte proporcional del plus de subdirección por este período?
03/07/2005 12:16
Hola xavi,

Vamos a ver, de lo que expones deduzco que has ocupado provisinalmente un cargo superior sin haber consolidado el ascenso, es decir no has llegado a ocupar el cargo el sufiente tiempo como para cosolidar la función de subdirector (normalmente 6 meses consecutivos en un año, corrígeme si no es así).

Por tanto, durante ese período no te han ascendido pero te pagaban un plus por ejercer dicha función, lo que, en principio, y dejando a salvo que el convenio pudiera establecer otra cosa, parece correcto.

Pero ahora llega la paga de verano y, aunque ésta, seguramente, se establecerá sólamente en función del salario base, yo entiendo que al haber realizado las funciones superiores, la empresa te tendría que pagar esa parte de la paga generada conforme a la retribución superior.

De todos modos, todo esto es muy matizable ya que los convenios suelen establecer los régimenes y condiciones de retribución en los casos de movilidades ascendentes, por lo que te convendría una atenta lectura de los mismos para tener las ideas más claras.
03/07/2005 22:55
Muchas gracias por tu constestación. Sólo indicarte que como podrás haber observado en mi exposición, por el período que he ejercido de subdirector(con el plus de subdirector) desde enero de 2003 a enero de 2005, sí que habría consolidado la categoría, si bien podríamos decir que este cargo fue un acuerdo mutuo con la empresa y fuí yo quien renuncié al mismo por desavenencias con la dirección.
El convenio del sector (guarderías privadas de ámbito nacional), no dice nada al respecto.
Te reitero mi agradecimiento.