Hola a todos, estoy de baja por IT desde 15 de mayo de 2012, me han concedido la prórroga de 6 meses y ya cobro directamente del INSS. ¿Me corresponde paga extra de verano 2013? a todos los compañeros se la han ingresado ya pero a mi no. La paga extraordinaria de verano de 2012 ya me correspondió menos, y en la de navidad también. Antes de reclamar me gustaría tener información. Gracias.
-Si periodo de devengo semestral, desde el 01/01/2013 hasta el 30/06/2013. Por tanto usted no estuvo trabajando en estas fechas por encontrarse en situación de IT, por tanto no le corresponde nada de la paga extra de verano.
Si Periodo de devengo anual, desde el 01/07/2012 hasta el 30/06/2013, con lo que usted tb estaba en situación de IT, por tanto no le corresponde paga extra.
Las pagas extra se devengan en periodos de cotización superiores al mes y se abonan por día trabajado, si no se trabaja no se genera salario.
SMO.
Nitra, la explicación es muy sencilla.
Tú todos los meses ya estás cobrando la paga extra dentro de la prestación del INSS (la parte proporcional de cada mes). Para calcular la prestación por IT se toman las bases de cotización y en éstas ya están prorrateadas las pagas extras, con independencia de que el abono de las mismas no esté prorrateado en nómina a efectos de salario, si lo están a efectos de cotización.
No se como es el devengo de tus pagas aunque por lo que explicas entiendo que es anual, pero para el caso, tu trabajaste 4,5 meses en 2012:
-la paga de junio y diciember del año pasado cobraste la parte proporcional al tiempo trabajado,
-si la cuantía de la paga extra, por ejemplo, es del 1000 euros /12 meses: 83,33 euros mes de paga extra sale, por lo que si trabajaste 4,5 meses y las pagas son de devengo anual, en junio cobrarías a cargo de la empresa 4,5 x 83,33 =374,99 euros y lo mismo en diciembre...por el tiempo trabajado antes del inicio de la IT, que fué el tiempo que devengaste derecho a extra a cargo de la empresa.
Desde que estás cobrando el subsidio en éste ya va incluida la parte proporcional de las extras, vamos que mes a mes en el subsidio ya lo estás cobrando.
Si tu cobras 1000 euros todos los meses de salario y la paga extra también es de 1000 euros (pongamos que tienes derecho a 2), y tu IT es por contingencias comunes, resulta, que para calcular el subsidio se toma la base de cotizción por contingencias comunes y no son 1000 euros sino que son 1166,66 euros, que resulta de sumar 1000 euros de salario parte proporcional extras (1000 x 2/12=166,66).
Y a esos 1.166,66 (que incluyen la parte proporcional mensual de la extra) se le aplica el porcentaje que corresponde por IT, y de ahi sale tú subsidio.