Buenas noches a todos,
A mediados de Julio me incorporé a mi puesto de trabajo tras un permiso de maternidad, en la paga extra de ese mes mepagarón un pelin mas de la mitad de los siguientes conceptos: mi salario base la mejora voluntaria el plus de transporte-el IRPF; ahora he visto que la paga de Navidad es más o menos el mismo importe que la de Julio, esto puede ser correcto?? Si yo ya estoy trabajando normalmente desde el mes de Julio pueden pagarme la mitad de la paga??.
Habria que ver los periodos de devengo de cada paga extraordinaria. Puede ser que pudiera haber error de calculo. Pero mientras esta de maternidad la paga extraordinaria no se debenga, al ser causa de suspension del contrato de trabajo.
Pues yo entiendo que la extra de navidad puede devengarse como dice vacatio-legis, o puede tambien ser de devengo semestral, desde el 1 de julio al 31 de diciembre.