Ahora bien, desconozco si la IT por contingencia comun es derivada de una intervención quirúrgica o ingreso hospitalario. Hay convenios que en éstas situaciones si complementan la totalidad del salario. Pero no se si tienen cabida ahí el abono de las pagas extraordinarias.
Si tu convenio recoge que la empresa complementa el cien por cien del salario en una IT por enfermedad común entonces sí te abonan la paga extra. Pero si no recoge nada al respecto o sea, al 100% del salario en IT por contingencia común, entonces sólo recibirás de paga extra lo que hayas generado desde el 01-01- hasta la fecha de la baja y no te abonarán la de diciembresi ccontinúas en situación de IT por contingencia común.
Buenas,se cobra paga extra en junio estando de baja medica por enfermedad común y aplicadome el convenio colectivo del sector del metal de zaragoza?grscias