Todo depende como te decia de lo que diga el convenio.
Generalmente se indica explicitamente que conceptos de la nomina se completan, suelen ser casi todos menos aquellos relativos a compensaciones por desplazamientos o comidas que no haces y la paga extra, pero todo depende de cada convenio.
Pongamos el caso de que tu nomina contiene los siguientes conceptos: salario base 1000, antiguedad 100 y desplazamiento 100 - 1200 euros mes -, tu parte proporcional de paga son 200 euros mes (que vas acumulando) y tu convenio completa tu salario base y la antiguedad (no desplazamiento).
El calculo es el siguiente, tu base para el calculo de la prestacion por it son los 1200 euros mensuales prorrata pagas 200 = 1400, de esto, te corresponde pongamos que el 60% que son 840 euros, eso es lo que cobrarias si la empresa no te completase.
Como se compromete a completarte, te suma 260 euros en tu nomina de complemento de it para que no tengas una merma grande de ingresos y ya esta.
En la base que se ha usado para calcular tu prestacion, ya se incluia la parte proporcional de paga extra y de esa parte proporcional la seguridad social te paga el 60%, la empresa, no te la vuelve a pagar.
Mira con detenimiento el convenio para saber que conceptos se completan, si no se menciona la paga extra, el calculo es como te he indicado.
Es un poco lioso, si te quedas con dudas no dejes de preguntar.
Gracias
Hay una cosa que no me queda clara, y se refiere al mes que he estado de baja IT. Si mi empresa paga la nomina integra,o sea el 100%, no cobrare en diciembre la parte proporcional de este mes en la paga extra?
La base para el calculo de la prestacion por maternidad y del pago de la IT ya incluye la prorrata de paga extra, asi que cuando cobras el porcentaje de prestacion que te corresponde, en la practica estas cobrando una parte de paga extra. Lo que ocurre es que luego se te completa hasta un tope, que si solo completa los conceptos habituales de la nomina, implica que cobras lo mismo que si hubieras estado trabajando pero que esa parte de paga extra no la acumulas, porque ya la has cobrado.
Esto no ocurre con la prestacion por maternidad ya que alli cobras el 100% de la base, asi que durante la baja por maternidad cobraras mas todos los meses porque se incluira la parte proporcional de paga extra.
Esto implica que lo mas normal es que en diciembre, si acumulas las pagas semestralmente, cobres la parte correspondiente a los meses de julio y agosto, que no cobres nada por septiembre y que las partes de octubre, noviembre y diciembre, las cobres incluidas en la prestacion por maternidad.
Siempre que ese 100% que mencionas que pagan, no incluya la paga extra, que lo mas normal es que no.
Buenos dias
Me gustaria saber si estando de baja maternal se cobra la paga extra de diciembre.
Yo cogere la baja principios de octubre. He trabajado hasta agosto incluido y en setiembre he estado de baja (pero mi empresa-estatutario generalitat) paga el 100 % estando de baja IT). Que cobraré?