Os agradecería que me acosejáseis sobre como calcular la paga extra de Junio del Convenio de Comercio Metal de la Comunidad de Madrid.
Dicho Convenio Colectivo, establece todos los años un incremento salarial desde el 1 de Julio hasta el 31 de Marzo del año siguiente. Concretamente en el año 2011, establece: "el 1 de Abril de 2011 se incrementarán las tablas vigentes a 31-03-2011 en el IPC real Interanual a 31/03/2011, más un 0,4%. ... Todos los conceptos salariales del convenio se incrementarán en los mismos porcentajes pactados en dicho punto (artículo 2)". Por su parte, por lo que respecta a las pagas extraordinarias, el artículo 7 establece que las gratificaciones extraordinarias consistiran en una mensualidad de la retribución establecida en Convenio más la antiguedad.
A tal efecto tengo dudas sobre como calcular la paga extra que le corresponde al trabajador, esto es, si se debe abonar la misma conforme a la nueva retribución o por el contrario tengo que hacer el cálculo promediando los meses en los que ha cotizado menos cantidad y los 3 meses en los que se le ha aplicado la subida.
La verdad es que tengo dudas de como se debe calcular la paga extra cuando (si el devengo de la paga extra tiene el carácter de anual), se produce un incremento salarial que no afecta a la totalidad del periodo.
Por ello, cuando podáis os agradecería que me indicases si la forma correcta de proceder para calcular la misma es tener en cuenta la última nómina o lo que se ha estado abonando en cada momento al trabajador.
Hola NFS, te voy a pedir un favor, tengo un contrato de mozo aunque mi labor no es esa pero como estan las cosas no te queda más que aguantar.... ( convenio comercio metal Madrid) me podrias decir lo que cobro al mes expecificando los conceptos tengo una retencion de un 2% quiero saber si me la estan haciendo bien la nomina o me estan engañando una vez más. Muchas gracias
Salvo que otro compañero, nos indique lo contrario o mejor opinión, segun las tablas salariales vigentes desde el 01/04/2010 al 31/03/2011, se establece que un mozo:
a) salario mensual de 851,01 euros ,
b) plus transporte (que se abonará en 11 mensualidades) de 84,12 euros,
c) valor del cuatrienio es de 39,62 euros (dependiendo del tiempo que lleves trabajando en la empresa)
d) complemento producción, consistente en el 0.5 % del salario mes, que se devengará por mes efectivo de trabajo vencido y se percibirá una sola vez cada mes, siempre y cuendo el trabajador no tenga ausencias por más de ocho horas laborables mensuales.
e) Asimismo, tienes que tener en cuenta que el convenio establece tres pagas extraordinarias, beneficios, verano y navidad, que te corresponderán en función del tiempo que lleves trabajando en la empresa.
Ahora bien, el convenio establece que desde el 1 de abril de 2011 se incrementarán las tablas salariales vigentes a 31/03/211en el IPC real interanual a 31/03/2011 más un 0,4%, por lo que hay que aplicar a los anteriores conceptos dicha subida.