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Paga extra. Ayuntamientos

1 Comentarios
 
30/11/2014 20:08
1º- No, no tiene derecho a cobrar la paga extra completa, la explicación esta en el periodo de devengo de las pagas extra, estas son de periodo de devengo superior al mes, (concretamente semestral o anual).
Es decir para tener derecho al 100 % de las pagas y según su devengo debe llevar en la empresa al menos ese tiempo y usted nos dice que lleva dos meses contando Diciembre completo serian tres, por tanto para la paga extra de navidad le corresponderán si es semestral 3/6, es decir el 50% y si es de periodo de devengo anual 3/12, osea el 25% .
2º-El convenio dice que le corresponden dos pagas pero sera cuando las haya generado como le dije estas son de periodo semestral o anual por ahora y hasta que no lleve un año sólo le corresponderá la parte proporcional de cada una según las vaya generando.
SMO
Paga extra. ayuntamientos
30/11/2014 16:16
Hola. Este año gracias al plan de empleo he comenzado a trabajar en el Ayto. Oviedo y el contrato es por 1 año. Llevo 2 meses trabajados. Mis preguntas son las siguientes:
1º Tengo derecho a cobrar la paga extraordinaria de navidad completa.
2º Si en el Convenio Colectivo se dicta que me corresponden 14 pagas al año. Las dos pagas extras a ingresar en los meses de Junio y Diciembre ¿en el caso de que me paguen la cantidad correspondiente al periodo trabajado, no deberían incluir la parte correspondiente al mes de diciembre?
Gracias