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Padre enfermo

10 Comentarios
 
Padre enfermo
25/10/2011 08:32
Buenos dias, muchas gracias por quien me pueda prestas ayuda.

El viernes hable con el jefe de personal de la empresa donde trabajo y le dije que mi padre no esta bien, le presente un el informe medico que le ha realizado el medico de cabecera, y le dije al jefe que queria una reduccion de jornada por el articulo 37.5 del ET.
El jefe me contesto que mi padre no esta invalido y que no me corresponde.
Os pongo lo que dice el medico

Seguimiento de dispositivo cariaco in situ-STENT CORONARIO, TRAQUITIS, INFARTO AGUA DE MIOCARDIO, QUISTE RENAL ADQUIRIDO, FARINGITIS CRONICA, H PROSTATA, ARTROSIS, GLAUCOMA NO ESPECIFICADO

OBSERVACIONES:

Patologias cronicas que precisan ayuda de la hija.

Por favor, necisto saber si con esto es suficiente para solicitar una reduccion de jornada segun el arti 37.5, o tiene que estar invalido como dice mi jefe.

Muchas gracias


25/10/2011 11:13
No tengo ni idea de medicina y con ese diagnostico no se si tu padre puede valerse por si mismo o no o si tiene discapacidad. Aporta documentacion que acredite estas circunstancias y solicita la reduccion, pero no aportes un parte de visita medica donde en observaciones el medico de cabezera ponga que precisa ayuda de su hija.
25/10/2011 11:18
gracias Rofalu1, pero el jefe se quedo una fotocopia del informe, y ponia que precisa ayuda de su hija.
que puedo hacer
25/10/2011 11:36
No es una petición que le estás haciendo al empresario, es un derecho que no puede negarte porque ya te lo está reconociendo así el art. 37 del ET : el trabajador que tenga a su cuidado directo algún menor de ocho años o un discapacitado físico, psíquico o sensorial, que no desempeñe una actividad retribuida, o un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, nietos, padres, abuelos y hermanos) o afinidad (suegros, abuelos del cónyuge, cuñados, cónyuges de los hijos y nietos), que por razones de edad, accidente o enfermedad no pueda valerse por sí mismo y que no desempeñe actividad retribuida, tiene DERECHO a la reducción de jornada como mínimo de una octava parte y como máximo de la mitad, con la consiguiente disminución proporcional de su salario.
Solo por el hecho de estar en alguna de esas situaciones ya tienes derecho a la reducción, no hay ningún otro requisito, le guste al empresario o no. Y no es necesario que tenga declarada ningún tipo de invalidez. Si la empresa te lo requiere aportas un informe médico donde ponga lo que has específicado antes. No tienes que justificar nada más, ni si lo necesitas o no.
No lo olvides, es un derecho que tienes y que ya te está otorgando el ET, no tu jefe.

saludos
25/10/2011 11:41
Nikiito, de acuerdo contigo, pero debera aportar un informe medico, no un simple justificante de visita a un ambulatorio emitido por el medico de cabecera que en observaciones ponga que necesita ayuda de su hija
25/10/2011 11:57
Estoy con Rofalu, evidentemente se trata de un derecho, pero es un derecho que viene condicionado por una necesidad, y esa necesidad es la que hay que justificar, con un informe médico.
SALUDOS.
25/10/2011 12:08
compañeros, es lo que le he dicho también que aporte un informe médico con el diagnostico del médico, pero un informe, añado ahora, más oficial que el de un simple justificante.
Pero insisto en que es lo único que tendría que aportar.
un saludo
25/10/2011 12:39
Gracias a todos por contestar, lo que he presentado es un informe medico, del medico de cabecera, tiene que ser del especialista?, en este caso de cual de todos? yo creo que el del cardiologo seria el mas apropiado?
que opinais?
25/10/2011 13:00
Yo entendería A Campillo, no sé si los compañeros estarán de acuerdo, en que al ser varias las dolencias padecidas, se debería aportar una de cada, o intentar reunificarlas en un solo certificado médico, que creo que si sería posible.
saludos
25/10/2011 13:02
Pero es que en este caso no está tan claro como por ejempo por guarda legal, el tener un hijo es un hecho objetivo, pero el que exista una necesidad por parte de una persona de cuidar a un familiar, depende de mas aspectos.
Si la empresa no lo considera justificado, lo podrá denegar y el trabajor podrá, evidentemente, demandar sus derechos ante quien corresponde.
Esto me hace responder a el consultante, que cuando mas justificado esté, mejor, si es un especialista, mejor todavía, y si ese especialista define, además de la patología, las razones por las que esa persona necesita cuidados, capitan general.
SALUDOS.
25/10/2011 15:00
muchas gracias a todos, espero poder contaros pronto como se resuelve todo.