El padre que tenía que recoger el niño en el colegio (se ha establecido así), pero esta ausente por viaje.
En el colegio, se presenta a buscarlo, una hermana de él.
Esa hermana no tiene autorización del juzgado para la recogida del niño.
¿Que responsabilidad tiene el director/a del colegio, al entregar el niño a persona distinta del padre?.
no hace falta la autorizacion del juzgado, solamente la autorizacion del padre, al igual que usted puede mandar a por el niño a quien crea conveniente en caso de no poder usted, solo tiene que avisarlo al centro