Gracias a todos por vuestra respuesta. Por favor, no me llameis de usted. El tema está en que desde que se constituyó la comunidad no se han hecho modificaciones, con lo cual supongo que nos tendremos que regir por la LPH. Yo creo que entonces esto debería ser por unanimidad y no por las 3/5 partes que determinó el administrador. Vivo en Madrid, serían 3meses entonces para impugnar supongo. Alguien me puede confirmar si sería unanimidad o 3/5 partes sabiendo que no ha habido modificación alguna en los estatutos de la comunidad? Qué puedo hacer para denunciar esto? Muchas gracias
Pues si votó en contra, no le queda otra que impugnar en plazo (tres meses desde la celebración de la Junta). Si logra que otros propietarios se unan a su impugnación mejor.
Hola, se celebró una reunión extraordinaria y yo voté que no. El administrador dijo que necesitaríamos las 3/5 partes mientras que en una reunión que se hizo el año pasado se necesitó unanimidad y por eso salió que no. No existen estatutos para la comunidad en particular, sólo la LPH. Dónde puedo denunciar para evitar la construcción del paddel? Gracias
Examine el titulo constitutivo o la división horizontal de la finca ,así como los estatutos si existen.
En el caso de que esa zona esté destinada a jardín, para modificar su uso a deportivo ( paddle) precisaria acuerdo de Unanimiad (de toda la comunidad, no solo de la junta). S.m.c.
Hola, intentaré ser escueta. Hicimos reunión de vecinos para votar si se quería una pista de padel. El administrador empezó diciendo que requeríamos la unanimidad pero luego fue cambiando y finalmente dijo que se necesitaban las 3/5 partes para poder construirla. La pista iría en las zonas comunes en una zona que es de jardin, dicen que es inútil esa zona y que por lo tanto no se requiere la unanimidad. Yo estoy en contra de la pista de paddel puesto que no la voy a usar. Es cierto que se requiere la unanimidad para estos casos? Me puedo negar a pagarlo? Se puede denunciar de alguna manera? Yo tenía entendido que las 3/5 partes se requerían para temas en los cuales afecte a la seguridad de la comunidad o sobre elementos ya construidos pero nunca sobre elementos nuevos. Mil gracias anticipadas por la respuesta.