Hola he entradado en este foro, por 1ª vez y solicito vuestra ayuda en mi caso personal, voy a separarme (de momento x mutuo acuerdo) y al ir a un abogado me ha comentado lo de los pactos matrimoniales. Me gustaría que me dieseis algún ejemplo de regimen de visitas, o cosas así. Todavía estoy bastante afectada por el esta nueva situación y me da miedo no tener en perspectiva todos los aspectos importantes. Tengo 2 hijos de 3 y 6 años y una relación de 20 años con mi marido, y quiero sobre todo que mis hijos tengan a su padre, aunque el tenga otra pareja. Perdonad por la extensión y muchas gracias de antemano x vuestra atención.
Supongo que a lo que te refieres con lo de pactos matrimoniales, y al hablar de una separación de mutuo acuerdo, es al Convenio regulador.
En principio debes de fiarte de tu abogado (si es que lo has elegido tu); si estais con un abogado elegido por tu marido, cuando tengas un borrador del convenio, puedes consultar con los equipos sociales de tu localidad para que te informen, o acudir a la consulta de otro abogado para que te diga si es ajustado o no a derecho.
El convenio regulador ha de recoger varios puntos:
- Atribución de la guarda y custodia de los hijos a uno de los cónyuges. La patria potestad, salvo caso muy específicos será compartida.
- Régimen de visitas, comunicaciones, estancias, y vacaciones, de los menores a favor del cónyuge no custodio. Mi consejo en este caso es que si la relación entre padres e hijos es buena y correcta se adopte la mayor flexibilidad para las visitas y comunicaciones
- Uso de la vivienda familiar; y del ajuar familiar
. pensión de alimentos en favor de los hijos.
- Pensión compensatoria en favor del cónyuge al que la separación le produzca un desequilibrio económico en relación al otro que implique un empeoramiento en su situación anterior en el matrimonio. Por el tiempo que llevan casados (20 años) si existe desequilibrio económico en perjuicio de alguno de Ustedes, el cónyuge que quede en mejor situación ha de abonar la citada pensión.
- También se puede incluir la liquidación del régimen económico matrimonial.
Pueden incluir cuantos otros pactos consideren oportunos (pago de gastos extraordinarios: cursos en el extranjero; matriculas de Universidad; Masters; opoeraciones médicas; etc.. Pago de los derechos de Abogado y Procurador en la separación. Etc.).
Un saludo,
emarbra@abogadosdeasturias.com