Hola Ospega.Totalmente de acuerdo con la respuesta que le ha ofrecido el Sr Ignacio. Sólo añadir que dicho pacto ha de constar en el contrato de Arrendamiento.
Hola AMIGOS!!!
Mi pregunta es si el arrendador y arrendastario podrían pactar licitamente que el arrendatario una vez finalizado el contrato no cobrará la indemnizacion del art 34 de la LAU 1994.