1 ahí comienza nuestro primer error, no es misión nuestra enseñar a la empresa nuestras cartas, ellos ya saben perfectamente cuáles son.
2 Vera la normativa es el art 21 del ET pero resulta que este artículo es muy ambiguo y genérico, (dice para no decir nada), por tanto se debe acudir a sentencias sin más.
3 Como ya he dicho, la empresa le ofrece hacer una formación porque le interesa tener personal que sepa de dicha materia y usted acepta pero a la empresa se le olvidó "entre comillado", decirle las condiciones de esa formación por lo que usted ya no opera en situación de igualdad, si de mano, antes de empezar la formación le hubiesen puesto a firmar esa cláusula de permanencia o sino el coste deesa formación como indemnización, usted probablemente no hubiese aceptado realizar esa formación y ahora que la ha realizado quieren que ustedfirme esa permanencia.
Pues bien, no señor, usted no firma nada y además exige a la empresa que si quieren que desarrolle esa información les pide que le pongan esa categoría superior y que le paguen por ello o sino amenaza usted con irse a la competencia que con esa formación le contratarían automáticamente Y NO FIRMA USTED NINGUNA CLÁUSULA Y LISTO, que ellos actúen como quieran, no le pueden obligar a firmar y despedirle tampoco lo van a hacer, les ha costado usted mucho para dejarle libe ahora.
Como le dije al ppio, esto la empresa ya lo sabe así que no tiene usted que explicarles nada, si quieren que se quede para usted perfecto, tendra más carda de trabajo pero si nogitma nada no tiene obligación de permanencia lo que hará que la empresa le ponga una categoría por la que percibirá un salario mayor.
smo
Un a pregunta, para poder explicárselo a la empresa, aparte de la lógica de de irño antes del inicio del curso como tiene toda lógica, este aspecto consta en algún sitio? Muchas gracias
Lo tiene fácil, simplemente NO FIRME USTED NADA, esto hay que notificarlo antes del comienzo del curso y no después de haberlo hecho.
En cuanto a la duración deese pacto de permanencia tras una formación de 64 h es como poco abusiva.
Dice usted que, qué puede hacer si se ve obligado a firmar?
Qué es que le van a poner una pistola en el pecho? Que lo amenazan con despedirlo, pues eso que se lleva la formación impuesta por la empresa, por otra parte esas horas debe reclamarlas como horas trabajadas y cobrar su salario correspondiente, usted se planta y no firma nada haber que hacen ellos, de paso puede poner en conocimiento de la inspección de trabajo está situación a ver cómo reacciona dicho organismo.
smo
Buenas tardes.
Durante el mes de septiembre realicé 2 cursos (32 horas cada uno) que formaban parte de las condiciones que hablé con el empresario para comenzar mi contrato .Hoy me ha llegado un email indicándome que debo de firmar un pacto de permanencia en la empresa por un periodo de 24 meses y si me marcho antes indemnizar con la cantidad de 3.600€ en concepto de daños y perjuicios. Todo ello tras haber finalizado el curso y sin haber tenido ni tan siquiera una conversación en la que se refiriera nada al respecto.
Hacen referencia al artículo 21.4 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, en dicho acuerdo hablan de cursos no de especialización profesional. Aparte de que no voy a firmarlo, me gustaría me dijeran en base a que puedo argumentar mi decisión.
-Estos cursos básicos no se pueden considerar especialización profesional.
- En ningún momento he pactado con la empresa este tipo de pacto antes de realizar dicho curso.
- Aún cuando fuera legal, considero desproporcionado el tiempo de 24 meses por el pago de 3.600€.
En caso de que me viera obligado a firmar dicho acuerdo, según entiendo debería de ejercer un trabajo acorde con lo que esos cursos me han proporcionado?
Decir también que estos cursos eran de un software del que ya tenía conocimientos previos, de hecho ya lo había utilizado para la empresa antes de realizar dichos cursos.
Espero alguien me ayude a resolver mis dudas y aportarme información de cómo debería de actuar en este caso.