Buenas, Me quería ir de la empresa y montármelo por mi cuenta pero me he dado cuenta que tengo esta clausula en un anexo del contrato. Entiendo que tendría que salir de la empresa y en seis meses podría hacer ofertas a los clientes que tengo ahora.
Muchas gracias por todo.
De conformidad a la ley 3/1991 de 10 de enero, de Competencia Desleal, mientras EL TRABAJADOR este empleado en la empresa, y durante SEIS (6) MESES desde la fiscalización del contrato de trabajo por cualquier causa, incluso la de despido, aunque el mismo se declarase e improcedente, EL TRABAJADOR no realizara ninguna actividad laboral, por cuenta propia ni ajena, que entre en competencia desleal con las actividades de la EMPRESA y en especial cualquiera de las siguientes acciones o actividades:
- no hacer ofertas, ni proposiciones, ni solicitar o inducir, ni directa ni indirectamente, a cualquier trabajador contratado por la empresa, con la intención de que resuelvan de forma regular su relación laboral a fin de ser contratadas por otra persona física o jurídica que realice negocios competitivos con cualquiera de los negocios realizados por el empleador, y empresas filiales o participadas.
- no hacer ofertas, ni proporciones, ni solicitar o inducir, ni directa ni indirectamente, a cualquier persona física o jurídica que realice negocios competitivos con cualquiera de los negocios realizados por la empresa con la finalidad de que contrate al trabajador.
En caso de que el trabajador incumpla con su obligación de no concurrencia y/o de no competencia desleal, en los términos indicados, la empresa podrá iniciar frente a él cualquiera de las acciones a las que tenga derecho conforme a la legislación de competencia desleal y además, se entenderá que es causa suficiente de despido disciplinario.