Hola ¿alguien me puede poner un ejemplo de cómo pedir por OTROSÍ que se incorpore aen la ejecución provisional de demanda según el artículo 527.2 LEC testimonio para que se incorporen unos documentos que necesito para determinar la cantidad de dinero que deberá devolver una persona por haberlo cobrado indebidamente? he requerido mediante carta certificada a dos personas para que me aporten las rentas que han pagado a la condenada a devolver el dinero.
Gracias.
Hola, es la primera vez que voy apedir una ejecución provisional de sentencia en la que se condena a una de las partes a reintegrar las cantidades percibidas en concepto de rentas. No puedo determianar con exactitud las cantidades porque me faltan documentos, he mandado cartas certificadas a las personas que deben darme esa información solicitando el importe de las rentas que han pagado al condenado y no sé si me las darán.
Me han aconsejado la posibilidad de pedirlas por OTROSÍ´, según el art. 527.2 LEc se puede pedir testimonio de lo que necesitas para la ejecución y no sé cómo formularlo. Gracias.
Hola, rociogaz:
En primer lugar: lo que dice el art. 527.2 LEC es que, para el caso de que los autos no los tenga el Juez que va a ejecutar, sino la Audiencia o el TS (por encontrarse los autos ante el superior por algún recurso), entonces tienes que pedir al Tribunal donde estén los autos, testimonio de lo que quieras (por ejemplo, de la Sentencia, de la cédula de notificación a un litigante rebelde, o de su publicación en el BOB...) que son cosas que no haría falta pedirlas si los autos los tiene el Juez que va a ejecutar, pero sí hace falta que las conozca cuando ya no los tiene porque se los ha pasado al superior. Pero esto no se hace por otrosí, sino que presentas un escrito ante el Superior y pides que te lo den. Cuando lo tengas, presentas la demanda de ejecución provisional y pides lo que quieras en el SUPLICO principal.
En conclusión: si los datos para conocer las rentas pagadas están en los autos que tiene ya el Tribunal superior, efectivamente, pides testimonio de eso, junto con la sentencia, de su notificación y lo que ùedas ver interesante, y lo aportas después como un documento de tu demanda ejecutiva provisional.
Y en segudo lugar: si esa información no está disponible en los autos, que es lo que me parece con tu aclaración, olvídate del 527.2 porque no está para eso. Sino que pedirás tu ejecución provisional pero tendiendo que liquidar la deuda por la vía del 718 y ss que te remiten, si no aceptar la liquidacion del deudor, al juicio verbal que te indica el 715 y ahí podrás pedir información a los bancos por los que se ha pagado la renta y/o a los arrendatarios.
Bueno, yo también me puedo equivocar, pero mira a ver qué te parece lo que te digo.
Un saludo.