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Otra separacion injusta

31 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 31 comentarios
11/01/2012 10:06
Hola Nekane¡ una vez mi abogado que sabe más por viejo que por abogado,me dijo:"eso es como el que tiene una cojera y se lleva todo el día pensando y lamentandose por la cojera que tiene""tienes esa cojera(su ex) , tienes que aprender a vivir con ella e intentar ser feliz a pesar de ello,porque no lo puedes cambiar "creo que fué un sabio consejo,yo tambien me irritaba y me comia el coco dandole vuelta a todas las injusticias pero no solucionaba nada con ello y la justicia es lenta y muchas veces poco justa así que mejor ir a por lo seguro .un saludo
10/01/2012 21:57
" TE VOY A SACAR HASTA LAS ENTRAÑAS, NO TE VAS A QUEDAR NI CON 50 EUROS, TE VOY A ARRUINAR LA VIDA H.....P....." ¿Esto no son amenazas? ¿Ni maltrato psicologico?

Una grabadora Nekane, es la mejor inversion, un mp4 la inmensa mayoria graban, la jurisprudencia es clarisima si los dos sostienen una coversacion son validas totalmente...
10/01/2012 15:42
Rositaparis, yo llevo 2 anos asi, y ha llegado el punto en el que moralmente me ha superado, como pareja estamos bien aunque es verdad q todo esto nos esta superando, por el tema economico por el fantasma de ella q esta constantemente rondando, y no se cansara nunca de acusar, de juzgar, todo pq le feliz conmigo. Como conseguiste pasar? Para mi es imposible...siemp es una cosa distinta y duele ver como no tiene fin, duele como ella esta sin hacer nada! Y los demas nos matamos para ella... En fin, muy injusto todo... Y ahora saldra el recurso y seguiremos igual, seguro.
Un saludo y mucho animo! Y suerte q la necesitamos
10/01/2012 15:24
Hola Nekane¡ llevo 5 años con mi pareja y en este tiempo los problemas han venido uno tras otro y esto no parece tener fin, ya no solo por parte de mi pareja con su ex sino con mi propio ex,osea que tengo para escribir un libro .Yo no soy profesional pero según veo yo deberias primero solicitar un abogado de oficio , plantear la demanda y buscar algún testigo que acredite que ella vive allí con su pareja y que un tercero se está beneficiando de esa vivienda sin aportar nada .No entiendo como un juéz a consentido que a él no le quede ni para vivir dignamente,Si ella no trabaja (¡mira que bien¡) ¡que se busque la vida¡a menos que tenga 60 años y ya no pueda que no creo que sea el caso, ella también tiene obligación de mantener a su hijo.Con respecto a la orden de alejamiento como no tengas pruebas que ellla la quebranta no vas a ningún lado solo perder el tiempo y eso lo tienes que aplicar a todo. Te voy a dar un consejo por experencia ,no te quemes la sangre por cosas que no van a ningún lado , si el problema es económico pues centrate en eso,en solucionarlo y pasa por alto lo demás.Mira también por el bienestar de la menor ya sabemos que la madre es una bruja pero ustedes no podeis hacer nada para cambiar eso,cuando la niña crezca ella misma verá cual es la verdad y todo se pondrá en su sitio.Los problemas van minando tu relación de pareja y ¿sabes que puede pasar? que te canses y te acabes planteando dejar la relación porque llega un momento que...te supera.Yo aprendí a pasar por mi salud mental y por mi bienestar.Animo y suerte.Ya te contaré lo mio como vá. Un saludo
10/01/2012 11:21
Os comento cosillas a ver si me podeis decir si podemos atacar por aquí.

Ella se salta la orden de alejamiento (Que digo yo que mucho miedo no tendrá vamos) ¿Serviria de algo denunciar? Más que nada porque va por los alrededores del trabajo de mi pareja...
¿Hay alguna manera de quitar esa denuncia por viogen y demostrar que es INOCENTE?

Delega sus responsabilidades (Me refiero a la menor) en vecinos, amigos, conocidos y abuelos maternos para pasar tiempo con el novio. No trabaja. ¿Es esto posible?

La menor habla de la nueva pareja de mamá, sabe que convive con su madre ¿Serviría de algo pasarla por psicólogos o algo así?

Os comento que esta Sra incumplió la sentencia, sustrajo a la menor los cinco días últimos de las vacaciones estivales que le correspondian al padre, ni abogados ni Guardia Civil pudieron ponerse en contacto con ella, no conocian de su paradero, hubo denuncia por esos CINCO días desaparecida... CINCO!!! y sabeis que ABSUELTA. ....

Todo esto es lo más reciente, (Excepto la denuncia que va para un año largo)

Anteriormente han ido pasando cosas, mas o menos serias, según en el estado sentimental que se encontrara... pero ya no viene a cuento recordarlas.

Aun recuerdo sus ultimas palabras retumbando en el teléfono de mi pareja:

" TE VOY A SACAR HASTA LAS ENTRAÑAS, NO TE VAS A QUEDAR NI CON 50 EUROS, TE VOY A ARRUINAR LA VIDA H.....P....." ¿Esto no son amenazas? ¿Ni maltrato psicologico?

Un saludo



10/01/2012 10:37
Rositaparis,
Casi me dan ganas de darte el pésame, una pregunta si no es indriscreción ¿LLevas mucho tiempo así? .... a mi se me hace eterno, por lo menos el hijo de tu pareja declarará a vuestro favor, la nuestra es muy pequeña todavía, y la madre la está poniendo en contra de nosotros cada vez que puede...
Ya me irás informando a ver si lo consigues, y se va otra " garrapata" a buscarse la vida como Dios manda. Suerte y ánimo!

Cimero GRACIAS por la entrega, y el apoyo moral.

Un saludo foreros! Sigamos luchando.

Nekane
09/01/2012 22:52
Te entiendo perfectamente pues yo estoy en la misma situación que tú Nekane.Precisamente en este foro también pregunté por el mismo tema.Lo que saqué en claro es que para hacer justicia tienes que tener paciencia y dinero, y tampoco ningún abogado te garantizan los resultados osea que...están puteados.Si la ex dice en el juicio que no hace vida marital sino que la visita y se queda a dormir exporadicamente ¿como se demuestra que eso es incierto?
En nuestro caso, el hijo mayor de 16 años está dispuesto a declarar que esa tercera persona vive allí y creo que con ello será suficiente.Está claro que es injusto por ello te animo a que tu pareja solicite una revisión de su sentencia con respecto a la atribución del uso de la vivienda.Nosotros lo vamos a hacer. Mucha suerte.
09/01/2012 22:36
http://www.porticolegal.com/foro/responder.php?men=866975&codcat=115 230 302 000

Post sobre este tema.
09/01/2012 22:16
Es la misma creo.
09/01/2012 22:14
Rafael Rodríguez, que trabaja como carnicero, destacó ayer la importancia de la sentencia de la Audiencia de Almería.
“Cuando me enteré de la sentencia, llegué a mis casa y me hinché de llorar. Ha sido una lucha de casi seis años. Yo vivo compartiendo piso con dos personas más. Tras la separación me junté con una chica y tengo otro hijo con ella. Pero mi pareja vive en casa de su hermana con mi otro hijo porque no tenemos recursos”, explica.

Rafael asegura que su ex mujer lleva conviviendo cuatro años con su nueva pareja en el domicilio conyugal y que se ha visto afectado económicamente de manera injusta. “Los primeros años yo pagaba el importe total de la vivienda porque ella trabajaba sin contrato y no se podía demostrar que tuviera trabajo.

También pagaba la manutención de mi hijo. Cuando me quedé un año en paro acumulé retrasos en los pagos y he llegado a pagar 780 euros mensuales.
Mi sueldo es de 980 euros”.

Para la abogada que representa a Rafael Rodríguez, Isabel Bonilla, la sentencia“es un paso más para que podamos llegar a la guardia y custodia compartida en situaciones justas y, sobre todo, que los cónyuges, cuando se vayan a separar, lleguen a un entendimiento”

En el proceso, Bonilla, además de solicitar la extinción del uso de la vivienda pidió de forma subsidiaria, en caso de que el tribunal no acordara dicha extinción, que la mujer abonara a su ex marido una indemnización acorde con el valor de mercado que tuviera una renta de una vivienda de condiciones similares en cantidad equivalente a una tercera parte.

"Es que la casa es de los dos. Pero hay un tercero que llega de rositas, porque no fue un factor que se tuviera en cuenta en el momento de la separación.

La mujer hace del uso que ella tiene atribuido por su hijo -ya que se ha quedado con el uso de la vivienda por el menor- el abuso de meter a un tercero. Y este tercero está beneficiándose de algo que era de otra familia", razona la letrada.

“La Audiencia ha tenido el coraje de enfrentarse con esta situación abusiva y darle una respuesta justa, valiente y eficaz”, añadió la abogada.

Según dijo, el fallo va a beneficiar a las parejas que están en situación de separación o de divorcio y evitará que se sigan produciendo situaciones abusivas por parte de “terceros que no tienen nada que ver con la familia anterior y de la cual se vienen beneficiando”.




09/01/2012 22:13
EL PAÍS, jueves 26 de abril de 2007 ANDALUCÍA

La Audiencia de Almería considera “inadmisible” que un tercero se beneficie de la casa

M. J. LÓPEZ DÍAZ, Almería

La Audiencia de Almería ha ordenado la venta de un piso de Rafael Rodríguez Santiago y su ex esposa, quien ocupaba el inmueble con su hijo desde la separación del matrimonio en marzo de 2001.

!!NOTA: YA ERA HORA¡¡

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Ambos conyuges son titulares del piso y pagaban al 50% la su hipoteca. La mujer rehizo su vida con un nuevo compañero, quien se trasladó a la casa. La Audiencia autoriza ahora a que se venda el piso al considerar “inadmisible por absurdo” que pueda beneficiarse un tercero ajeno al matrimonio del uso de un piso que se estableció para proteger a la mujer y al hijo, de 16 años.

La ex esposa de Rafael Rodríguez solicitó el divorcio el 23 de enero de 2005. También reclamó mantener el uso de la vivienda familiar, pese a que el esposo alegó que la incorporación de la nueva pareja modificaba las condiciones del primer acuerdo de separación. La sentencia en primera instancia consideró que no se produjo cambio en el uso del piso, situado en la calle Buenavista de la capital almeriense, por parte de la mujer, “con independencia de que sea cierto o no que vive una tercera persona”.

E l ex esposo recurrió. En la actualidad, el menor tiene 16 años y convive con su madre en el domicilio objeto del litigio. Rafael alegó que su ex mujer vive maritalmente con otro hombre y posee recursos económicos suficientes, por lo que solicitó la modificación de las medidas concernientes al uso del piso.

El tribunal de la Sección Primera de la Audiencia, presidido por Benito Gálvez, le ha dado la razón.El tribunal dice que “resulta innegable” que se ha producido una “esencial modificación” de las circunstancias de la separación. “Habría que admitir como lógico lo que a todas luces nos parece inadmisible por absurdo, esto es, que de la vivienda que constituyó el domicilio familiar, común y ganancial asignada a una esposa separada y al hijo de su matrimonio para la protección de su más favorable interés, pueda beneficiarse un tercero ajeno al matrimonio, sin posibilidad alguna de acción por parte del marido, cotitular de la vivienda”.

El tribunal considera “lógico” y “oportuno” que, si la mujer desea fundar con una tercera persona una familia o unirse establemente a ella, “forme nuevo hogar renunciando al privilegio del que, en atención a su anterior situación, venía disfrutando”.

En su fallo, el tribunal decreta la extinción de la atribución del uso de la vivienda ganancial a favor de la esposa e hijo y autoriza a las partes a la venta de la misma o su adjudicación a uno de ellos con el consiguiente abono al otro del importe correspondiente.

09/01/2012 22:06
Muchas gracias cimero! Me has servido de gran ayuda, si ves mas sentencias relacionadas no dudes en mandarmelas, ahora lo necesito, si algo esta en mi mano que pueda hacer tambien no dudes en decirmelo.
Un sAludo y mucha suerte para todos, la necesitamos!!
Nekane
09/01/2012 20:50
Ahora bien, si la evolución de los acontecimientos ha venido a trastocar semejante estado de cosas, introduciendo en escena a una tercera persona, D. Jaime, con quien Dª. María, ha iniciado una relación sentimental estable, hasta el punto de hacer con él vida marital en el mencionado piso, como la propia demandada reconoce en confesión en el acto de Juicio, resulta innegable que se ha producido una esencial modificación de las circunstancias que en su momento fueron tomadas en cuenta para el establecimiento de la medida atributiva del uso del tan reiterado piso (art. 91, último inciso, del Código Civil), ya que, de no entenderlo así, habría que admitir como lógico lo que a todas luces nos parece inadmisible por absurdo, esto es, que de la vivienda que constituyo el domicilio familiar, común y ganancial asignada a una esposa separada y al hijo de su matrimonio para la protección de su más favorable interés, pueda beneficiarse un tercero ajeno al matrimonio, sin posibilidad alguna de acción por parte del marido, cotitular de la vivienda. Y es que, en definitiva, si el cónyuge a quien se atribuye el disfrute de una vivienda ganancial desea fundar con tercera persona una familia, o unirse establemente a ella, lo oportuno es que, consumando la liquidación de gananciales que a la disolución provocada por la sentencia de separación o divorcio debe ordinariamente suceder, forme nuevo hogar renunciando al privilegio del que, en atención a su anterior situación, venia disfrutando.

Lo dicho, como se ve, ni afecta a la medida relativa a la custodia del hijo menor del matrimonio, que no hay razón para modificar, ni implica tampoco la atribución al marido de la vivienda debatida, para lo cual no habría ninguna razón válida, sino que significa, sin más, que el interesado podrá instar en cualquier momento la liquidación del inmueble común que constituyo el domicilio familiar; solicitando su venta para la equitativa distribución del precio, o conviniendo la adjudicación a uno de los cotitulares, con la correspondiente compensación a favor del otro. Esto conjuga perfectamente los derechos del menor, el interés del padre no custodio, los derechos y obligaciones de la madre encargada de la custodia del menor, y el principio que impide el enriquecimiento y abuso de derecho. Además debemos añadir que la sustancial mejora de la situación económica de la madre desde la separación hasta el momento presente, perfectamente acreditada en autos, le hace capaz de hacer frente a la adquisición de otra vivienda o de la mitad de la que tiene junto con el recurrente, si a este acuerdo llegaran.

Cuanto precede determina la estimación del recurso en este extremo, decretándose, por ende, la extinción de la atribución del uso de la vivienda ganancial a favor de la esposa e hijo, pudiendo las partes, desde ahora, proceder a la venta de la misma o su adjudicación a uno de ellos con el consiguiente abono al otro del importe correspondiente.

FALLAMOS

Que estimando el recurso de apelación interpuesto por la representación de D. Luis contra la sentencia dictada por la Ilma. Sra. Magistrada-Juez de Primera Instancia número 2 de Almería, en fecha 14 de Julio de 2005; debemos revocar y revocarnos la misma en el sentido de [...]; y se decreta la extinción de la atribución del uso de la vivienda ganancial a favor de la esposa e hijo, pudiendo las partes, desde ahora, proceder a la venta de la misma o su adjudicación a uno de ellos con el consiguiente abono al otro del importe correspondiente, confirmando el resto de la resolución recurrida.
No procede hacer declaración alguna sobre las costas de esta alzada.
Así por esta nuestra resolución, definitivamente juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

09/01/2012 20:48
FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- Frente a la sentencia que declara el divorcio del matrimonio de los litigantes y establece las correspondientes medidas complementarias se alza la parte demandada pretendiendo se establezca la pensión de alimentos a favor del hijo menor en el modo y la cuantía, respectivamente, fijados en el suplico de su escrito de recurso, así como que se acuerde respecto del domicilio familiar donde vive el menor en compañía de la madre también en el modo expresado en su contestación a la demanda y en el recurso.
El Ministerio Fiscal, actuando en interés del menor, ha peticionado en el escrito de oposición a la apelación, la integra ratificación de todas las medidas impugnadas.

SEGUNDO.- Respecto al motivo relativo al domicilio familiar donde vive el menor en compañía de la madre debe partirse de las siguientes premisas, actora y demandado pusieron fin a su convivencia matrimonial mediante Sentencia de separación dictada el 5 de Marzo de 2001, estableciendo, entre otros extremos, que la esposa continuaría junto con el hijo del matrimonio en el que fuese domicilio conyugal, sito en la calle B. de Almería, ello sin perjuicio de la titularidad conjunta de dicha vivienda por ambos padres y de que el préstamo hipotecarlo que la grava sea satisfecho al 50% por cada uno de ellos. En la actualidad el menor tiene dieciséis años y convive con su madre en dicho domicilio; y el actor, alegando que doña María vive maritalmente con otro hombre y posee recursos económicos suficientes, solicita la modificación de las medidas concernientes al uso del piso en los términos expuestos en su contestación a la demanda, primero, y reiterados en su escrito de recurso, después.

No puede ocultarse que el pacto por el que se atribuyó a la esposa y al hijo que en su compañía quedaba el uso y disfrute del que hasta entonces había sido hogar familiar venía directamente condicionado tanto por el hecho de que tal atribución resultaba más favorable al citado hijo, como por la propia situación personal de los cónyuges al tiempo de su separación; esto es, que con el establecimiento de la medida quiso darse la respuesta más adecuada al conflicto surgido de la ruptura matrimonial, sin atender a otros elementos de convicción que los que la realidad familiar ofrecía: a) unos esposos separados, b) un hijo de su matrimonio, y c) un piso-vivienda común-ganancial.

09/01/2012 20:44
Http://www.Google.Es/url?sa=t&rct=j&q=jurisprudencia sobre uso de un tercero en piso separados&source=web&cd=8&ved=0cf0qfjah&url=http://www.Rupturas.Es/sentencias/stc190307.Htm&ei=tealt-x3hssboteu1del&usg=afqjcnez3lm3zvaw9usqtt8y9t_ok1yuew

otra que creo que es del tema
09/01/2012 20:41
http://www.google.es/url?sa=t&rct=j&q=JURISPRUDENCIA SOBRE USO DE UN TERCERO EN PISO SEPARADOS&source=web&cd=3&ved=0CDgQFjAC&url=http://ayudaafamiliasseparadas.fiestras.com/servlet/ContentServer?pagename=R&c=Articulo&cid=1176600897896&pubid=988617426871&ei=TEALT-X3HsSBOteU1dEL&usg=AFQjCNGGKo3dPLPy3FXoeYOrZZqzimmzWg

Lo siento pero no me deja mirar la noticia, pero este es el enlace
09/01/2012 20:11
ok
09/01/2012 20:10
Mi correo Sromeromoreira@hotmail.com, espero q en este foro no haya ningun topo (por mi correo lo digo) y por lo demas, pues a ver que pasa... A ver que logramos... Y a ver si el tiempo avanza... Aunque parece q cuanto mas avanza mas en contra se pone.
Un saludo gracias de nuevo, y mucho animo
Nekane
09/01/2012 20:07
Yo mi correo electronico no lo puedo colgar pero si deseas poner el tuyo y tener contacto para lo que podamos ayudarnos por mi perfecto.
09/01/2012 20:04
Cada sentencia es un mundo pero la jurisprudencia es lo importante...