Una persona que tiene 1/3 de nuda propiedad de una vivienda en Escritura Publica, le puede donar o ceder esa nuda propiedad a un Hijo suyo?, aunque todavía exista el usufructo ya que vive todavía, como hay que hacerlo? tiene repercusiones fiscales?
Muchas gracias por la respuesta, pero no me queda claro algo, la persona que tiene el poder otorgado por su madre desconoce si ésta lo ha revocado, ya que a fecha de hoy no tienen comunicación, como puede enterarse si ese poder está revocado?
Para dejar sin eficacia un poder deberá ir al Notario para hacer una escritura de revocación de poderes.
Puede usted otorgar varios poderes y ser todos ellos válidos (ello ocurre frecuentemente en el ámbito empresarial). Si usted no los revoca, los apoderados tendrán facultad para realizar los actos que consten en la escritura, sin perjuicio de que puedan ser posteriormente anulados en caso de administración desleal.
Buenas tardes, quisiera saber si una persona puede otorgar poderes a varias personas o solo puede otorgárselos a una, es decir, si le otorgó poderes a una persona y luego le otorga a otra persona, los primeros quedan anulados por los segundos?, como ocurre por ejemplo con los testamentos que solo tiene validez el último.