Negociar un despido es ilegal en todo caso. En una empresa privada sí se podría negociar una extinción de mutuo acuerdo, nunca despido, que no daría derecho a paro.
Pero a la Administración Pública la CE no le permite hacer ese tipo de negociaciones individuales ni tampoco despedir improcedentemente.
Me han dicho que me van a llamar para "negociar" un despido. Estoy incluido en un plan de ajuste de un ayuntamiento, pero intuyo (de forma casi inequívoca) que mi puesto será ocupado por otro, por tanto NO desaparece.
Al ser un ayuntamiento desconozco si el despido es individual o colectivo (hay más gente que será despedida).
Tras informarme al respecto al parecer si es colectivo son de indennización 20 días por año, mientras que individual 33, ¿verdad?
¿qué porcentaje suelen ofrecer en una negocicación?
Mi caso es 20 años aproximadamente en este pueto de trabajo, y con sueldo neto de unos 2600 euros ya incluidas las pagas.
No quisiera llegar a juicio.
¿me correspondería el sueldo diario (86) x 33 x 20?