Hola a todos. Os agradeceria que me informarais si los 30 dìas que dice la LEC para interponer demanda de juicio ordinario tras oposiciòn del demandado en el monitorio son habiles o naturales. gracias
Nuevecilla, el art.818.2 Lec no habla de 30 días, sino de un mes desde el traslado de la oposición. Ten en cuenta lo siguiente:
En el cómputo de los plazos señalados por días se excluirán los inhábiles. Para los plazos que se hubiesen señalado en las actuaciones urgentes a que se refiere el apartado 2 del artículo 131 no se considerarán inhábiles los días del mes de agosto y sólo se excluirán del cómputo los domingos y festivos. Los plazos señalados por meses o por años se computarán de fecha a fecha. Cuando en el mes del vencimiento no hubiera día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último del mes. Los plazos que concluyan en domingo u otro día inhábil se entenderán prorrogados hasta el siguiente hábil.
Es decir, que en el plazo que concede el art.818.2 Lec, al ser un plazo señalado por un mes, el cómputo es de fecha a fecha. Por ejemplo, si te han notificado que el deudor se ha opuesto el 05 de mayo, el plazo finaliza el 05 de junio y por aplicación del art. 135 Lec, tendrías hasta el 06 de Junio.
Otra cosa que tienes que tener en cuenta es si en el Juzgado que conoce del asunto el plazo lo empiezan a contar desde que te hacen traslado del escrito del contrario(que realmente es lo que dice la ley) o desde la providencia en el que tienen por opuesto al deudor y te notifican el plazo de un mes para presentar la demanda de Juicio Ordinario(que es como en la mayoría de los Juzgados se está haciendo).
muchisimas gracias, procuradora, tienes razon. En mi caso, la providencia es de fecha 7 de Febrero pero no se notificó hasta el día 12 de mayo a mi cliente, por lo cual, entiendo que, se`´un me dices el plazo termina el 12 de mayo ¿no? muchisimas gracias
perdòn, querìa decir que se le notificò el 12 de abril personalmente a mi cliente, por lo que el plazo para interponer el monitorio finalizarìa el 12 de mayo ¿no? gracias.
De nada nuevecilla, ¿la providencia que te han notificado el 7 de Febrero es en la que se tiene por opuesto el deudor y te dan el plazo de un mes para presentar Demanda de Juicio Ordinario?si es así y estabais personados con procurador, el 7 de Marzo habría finalizado el plazo!!!!!!!.