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ordenanzas municipales 2

2 Comentarios
 
27/04/2012 20:14
Gracias NicolaS40. La comunidad es Castilla y León. ¿Me podrías decir exactamente en que ley y artículo se recoge lo de los cuatro años? Te lo agradezco mucho.
27/04/2012 14:05
Podrá pasa los cuatro años anteriores desde la realización del hecho imponible, que es el periodo de prescripción de las deudas con la hacienda pública que se aplica a las administraciones locales de forma supletoria (ley general presupuestaria), por lo tanto habría que ver si la legislación autonómica establece otro plazo de prescripción. salvo mejor criterio
Ordenanzas municipales 2
25/04/2012 11:06
Si una determinada ordenanza aún vigente, que el ayuntamiento no ha pasado el correspondiente recibo a los vecinos afectados desde el 2007, ¿puede/debe aún el ayuntamiento el cobro de dicha ordenanza o ya ha prescrito? ¿Hay alguna ley que lo diga? Gracias. 0