Hola a todos:
Estoy estudiando la Orden europea de detención y entrega y tengo un par de dudas que agradecería enormemente que me ayudaran a resolver.
Cuando habla de que para la ejecución de la orden el delito deba estar castigado con una pena o medida de seguridad privativa de libertad cuya duración MÁXIMA sea, AL MENOS, de 3 años. ¿No debería decir cuya duración MÍNIMA sea, al menos de 3 años? No acabo de entender la redacción de esa frase.
Y otra. ¿Podría alguien explicarme, en lenguaje para "tontos" o con un ejemplo ilustrativo el principio de especialidad que se recoge en el artículo 24?