En el problema que refieres hay dos cuestiones que se deben de separar.
1.- La aprobación de la liquidación de deuda para reclamar judicialmente a los propietarios morosos es un acuerdo que requiere únicamente mayoría simple para su aprobación y no unanimidad.
2.- La decisión de reclamar judicialmente el pago de las cuotas a los propietarios morosos que no pagan porque NO PUEDEN es una decisión que pertenece al terreno de la ética, la moral o las emociones y que nada tiene que ver con la Ley.
Personalmente, si puedo, prefiero solidarizarme con aquellos propietarios que no pueden hacer frente a las deudas comunitarias porque sus circunstancias económicas son adversas y "doy gracias" por tener la posibilidad de poder seguir atendiendo mis obligaciones económicas.
Heredom. dice Ud. que se aprueban los acuerdos contenidos en las actas....En el caso de mi comunidad, no se puede aprobar ningún acuerdo contenido en las actas, pues estas no se han realizado ni entregado a los propietarios-
Como dice Acriton,la nueva junta directiva empieza sus funciones al cierre del acta de dicha junta........En mi comunidad el problema es que hasta hoy después de un año no se ha cerrado aún el acta de la junta de eleccion del nuevo presidente, pues si debe ir firmada por el presidente saliente, éste no lo ha hecho aún,porque no sabiendo como se debe de hacer legalmente, en mi comunidad se entregaban los libros en la junta de cambio de presidencia era el presidente entrante el que realizaba las actas, y se las entregaba al presidente saliente para firmar, en este nuevo cambio por problemas entre propietarios, el presidente saliente entregó los libros al presidente entrante, pero éste no ha entregado el libro para firmar el presidente saliente.....así que no sabemos muy bien si es legal el año de presidencia del entrante sin tener firmada el acta por el presidente saliente , desearía alguien me pudiese indicar que debemos hacer y quien es realmente presidente legal el saliente o el entrante si no existe un acta firmada por el presidente saliente...Gracias.
Creo que varios andan despistados con algunos temas de Comunidad y Juntas.
Los cargos en el momento de la celebración de la Junta, siguen actuando como tales hasta la terminación de la misma y cierre del acta.
La nueva Junta Directiva (sea en el punto 2º o 7º, empieza sus funciones a partir del cierre del acta de dicha Junta.
Por eso el acta, caso de haberse elegido nuevo Presidente, debe ir firmada por el Presidente saliente que es quien convocó y dirigió la Junta.
"Ya se ha perdido la buena costumbre de hace años, de que el primer punto era "Lectura y aprobación del acta anterior".
Hombre sobre este comentario, decir. Que si vamos a esperar un año para aprobar los acuerdos anteriores, cuando por otra parte nos dicen que los acuerdos son ejecutivos al cierre y firma del acta, como que no me cuadra.
Por lo que veo en el foro, hace años que lo sigo, es absolutamente necesario, una ley clara y concisa, que regule el funcionamiento y administracion de las comunidades de vecinos.
Y sobre todo una ley que permita a los vecinos que se sientan engañados, la posibilidad de denuciar a los responsables, sin tener que disponer, como ocurre ahora de mas de 5.000 Euros para abogado y procurador.
Hay posiblemente millones de comunidades, donde las cosas no se hacen bien, la mayor parte de las veces, "Por procedimientos inadecuados", de presidentaes y administradores.
Vuelvo a mi comunidad como ejemplo: Ultima junta ordinaria, lista de morosos,de los 305 propietarios de pisos y locales, 4 propietarios de pisos estan en esa lista, deven a la comunidad entre los 4 unos 8.000 euros.
En el primer punto del orden del dia se deveria devatir que hacer con esos morosos, como presidente, administrador y algunos vecinos, saben que yo, a pesar de mis 77 años, colaboro, poco, lo que puedo, con la asociacion de afectados por la hipoteca, este punto lo pasan por alto y solamente cuando ya se han discutido los otros puntos del orden del dia y solo quedan ruegos y preguntas, momento en que yo abandono la junta, es cuando, segun el acta de la junta, que recibo dias despues, se a llevado a devate el punto de los morosos.
En el acta dice que por unanimidad se a aprovado, pedir a los morosos que paguen y si no lo hacen denunciarlos judicialmente, es decir aprueban el desahucio probable de 4 familias, convirtiendo a los mas de 305 propietarios de la comunidad en banqueros desahuciadores.
Le envio un correo al administrador en el que le digo, que la aprobacion no fue por unanimidad, ya que yo habia abandonado la junta cuando se dio la posible votacion.
Por supuesto ninguna respuesta.
Por si de algo sirve mi nombre es Carlos y la comunidad esta situada en la C/Felipe Solano Antelo Nº 6-8-10, de Guadalajara.
Yo he entendido exactamente lo mismo que heredom. Posiblemente Yessica no se ha explicado bien.
Por otra parte es verdad que no parece muy versada en estas cuestiones, como bien reconoce así que voto por ayudarla heredom.
Estoy de acuerdo con heredom en que es importante contar con los servicios de un Administrador cualificado y con experiencia. Por lo general suelen ser bastante solventes y de extraordinaria ayuda.
"te explico hay problemas con la administracion y con la junta las cuentas no son claras entonces que hicieron el segundo punto del dia es la eleccion de la junta y despues vienen la aprobacion de presupuestos"
Eso lo escribes tu el 19.02.2013.
Según lo que escribes la Administración propone elegir cargos en el SEGUNDO punto y aprobar presupuestos en el siguiente (tercero).
Yo IMAGINO que el primer punto sera el destinado a rendición de CUENTAS.
Como veras leo lo que dices.
¿Cuantos años llevais sin celebrar junta? Lo pregunto porque veo que propones aprobar cuentas de ejercicios PASADOS (en plural).
En una cosa tienes razon. Un Administrador competente es fundamental, sobre todo porque así uno no suele meterse en lios. ;)
Heredon, creo q el que esta perdido eres tú, y si no te ayudo a leerlo puesto que lo que yo propongo es q se aprueben primero las cuentas de años pasados y luego que se elija la nueva directiva, pero lo que ellos proponen e lo contrario que es a lo que yo no e veo lógica y por eso queremos q se cambie que será lo que se pedirá y no he dicho en ningún momento que yo me vaya a presentar a nada ademas no creo que haga falta saber muxo para esto cuando se le paga a una administración para que lo lleve,,,Gracias y entender lo que se lee;)
El orden del día lo decide el Presidente y la junta también la lleva el Presidente, así que podéis pedirle un cambio en el orden de los puntos del orden del día (a el le corresponde la decision) pero no entiendo el motivo.
En su primer mensaje pregunta si se puede poner primero el nombramiento de cargos y despues la aprobacion de presupuestos de años pasados.
Mas tarde dice que las cuentas de la administracion no son claras y que en el orden del dia va el punto de los cargos el segundo.
¿Es que quiere pasar el punto de cargos al primero para echarlos y posteriormente exigirles que rindan cuentas? Parece absurdo ¿no cree?
Tiene mas logica lo que dice dickturpin. Primero rinden cuentas y despues se eligen cargos.
Una vez elegidos los cargos, los que salgan propondran el presupuesto que quieran proponer.
De todos modos y por lo que leo me da la sensacion de que usted esta mas perdida que Tarzan en la ciudad y aunque dice que tienen problemas con la actual junta con las cuentas, me da la sensacion de que las personas que van a sustituir a esa junta no deben estar muy puestos en la materia, porque si lo estuvieran, no se les ocurriria proponer presupuestos de años pasados.
Yo no formo parte de la junta directiva de mi comunidad pero si voy a las juntas y pido al administrador todos los años toda la documentacion (siempre me la facilita).
Podria decirse que en estos momentos hay division de opiniones. Hay un grupo bastante grande que critica al actual Presidente y al administrador y quieren echarles (nuestro actual administrador es magnifico. El Presidente no tanto).
Yo soy ingeniero y entiendo perfectamente las cuentas y las decisiones del Presidente y sobre todo las del Administrador pero no todos los propietarios entienden las cosas y esa es la razon por la que quieren echarles. POR IGNORANCIA. (hablo de mi comunidad).
Hay un refrán que dice: "la ignorancia es muy osada" y otro que dice "zapatero a tus zapatos".
Quiza me este equivocando con ustedes pero me sorprende que no tengan claras cosas tan elementales como el orden de los puntos de una convocatoria a junta y esten pensando en formar parte de una junta directiva cuya mision es la gestion de una comunidad.
¿Su actual administrador lleva libros de contabilidad adaptados al plan general contable? ¿Es muy grande esa comunidad? Es que si lo es y su administrador lleva libros de contabilidad y segun usted las cuentas no son claras, me puedo hacer una idea de su motivacion (perdone la sinceridad).
Rogante.- ¿Cual es el motivo por el que debe reflejarse un punto en el que se lea y APRUEBE el acta anterior? Las actas no se aprueban. Se aprueban los acuerdos contenidos en las mismas y no cabe esperar un año entero para que se consideren aprobados, por lo que dicho punto carece de sentido, salvo que se trate de recordar algun punto que sea de interes en esa junta.
Acriton, como me gusta lo que dice Ud :Ya se ha perdido la buena costumbre de hace años, de que el primer punto era "Lectura y aprobación del acta anterior".
En mi comunidad llevamos desde el mes de mayo del año pasado para que el presidente entrante que hace además las funciones de administrador entregue a los vecinos las actas de las reuniones celebradas,,,,,,no hace ni caso, dice simplemente cuando se le han solicitado, que él ni hace actas ni enseña el libro de actas que también se le ha solicitado....Nosotros cuando convoca junta le exponemos que el primer punto de la junta debe de ser lo que Ud ha indicado: lectura y aprobación de las actas anteriores en el primer punto y en el segundo punto: aprobación de las actas anteriormente enviadas a los propietarios.......Ni caso . Dentro de unos meses le corresponde cambio de presidente y nos tememos que convocará junta sin enviar las actas de unas cuantas reuniones celebradas y requeridas las correspondientes actas....¿que dificil solución podemos adoptar los vecinos ante la terquedad del presidente administrador de no entregar las actas de las reuniones celebradas ? Un saludo.
La directiva como dices, se compone:
a) La Junta de propietarios.
b) El Presidente y, en su caso, los Vicepresidentes.
c) El Secretario.
d) El Administrador.
En los estatutos, o por acuerdo mayoritario de la Junta de propietarios, podrán establecerse otros órganos de gobierno de la comunidad.
La única figura ajena a la comunidad puede ser la de administrador.
Por tanto si el administrador, ejecuta mal sus funciones, y la junta decide sustituirle, hasta que finalice la reunión la decisión aún no es ejecutiva. Naturalmente que se le debe reclamar, y otorgarle un plazo para que lo deje todo aclarado con el siguiente administrador. Suponiendo que el cesado no lo admita, no queda otra que auditar las cuentas y reclamarle daños y perjuicios si efectivamente procede. Ya que cabe la posibilidad que las cuentas si que están claras. Entonces ahí entraríamos en otro problema con el administrador cesado improcedentemente.
Y otra cosita los propietarios el dia de la junta pueden pedir que se cambie el orden?te explico hay problemas con la administracion y con la junta las cuentas no son claras entonces que hicieron el segundo punto del dia es la eleccion de la junta y despues vienen la aprobacion de presupuestos y demás... entonces digo yo: si se elige a otra gente pa la directiva q pasa luego se sigue la reunion se les puede reclamar lo de las cuentas aunque ya no esten... es que estoy un poco enrrollada con eso..
El orden es libre.
Ya se ha perdido la buena costumbre de hace años, de que el primer punto era "Lectura y aprobación del acta anterior".
Incluso aunque algún propietario, haya instado la rectificación del acta por algún error, nadie lleva esa rectificación a Junta para subsanar el acta anterior. Esto se llama prepotencia.
Hola, buenas tardes. Me gustaría saber si para hacer el orden del día de una reunión de propietarios hay un orden estipulado por ley o se hace como quiera, es decir, si se puede por ejemplo poner primero la elección de los miembros de la junta y despues la aprobación de presupuestos de años pasados o hay que llevar un orden específico y esto se puede poner al revés sin problema.
Muchas gracias