La orden de proteccion la habrá dictado un juzgado de violencia doméstica y el es el competente para conocer todo tipo de cuestiones incluso las civiles. Por tanto, creo que debes solicitar tu petición ante el Juez que dictó las medidas civiles y el procedimiento a seguir, el de ejecución de titulos judiciales, igual que si lo solicitaras ante el juez de lo civil.