Hola a todos/as,
A ver, creo que he metido la pata, pero me gustaría que algún experto me confirmara si una domiciliación bancaria hay que comunicarla a la entidad financiera. En concreto, el caso es que cambié la cuenta bancaria de cargo en el sistema red de la seguridad social. El banco me dice que no la han cargado a la nueva cuenta (la antigua ya no existe) porque no le hemos comunicado la nueva orden de domiciliación. Independientemente del pésimo servicio que nos ha prestado el banco, me gustaría saber si legalmente tiene el banco derecho a devolver el recibo al no haberle notifacado nosotros la nueva cuenta.
muchas gracias por adelantado,
Pedro