Yo te entendí perfectamente, pero me parece que quien no me ha entendido eres tú.
A las denominadas Comisiones Regionales de Urbanismo les compete autorizar usos y edificaciones excepcionales en suelo no urbanizable (rústico) previstos en la ley, pero en ningún caso estas autorizaciones conllevan autorizar la legalización de construcciones realizadas sin licencia, esto último es competencia exclusiva del ayuntamiento.
Que la tramitación la iniciaras en el ayuntamiento aportando la documentación necesaria para justificar el cumplimiento de los requisitos reglamentariamente fijados para el caso, que el ayuntamiento sometiera el expediente a información pública, que lo remitiera posteriormente a la Consejería debidamente informado y que esta, tras recavar cuantos informes consideró necesarios para justificar su autorización, no quita que el ayuntamiento, una vez recibida esta, iniciara el procedimiento de legalización que estaba obligado a tramitar.
La cuestión es saber si el ayuntamiento procedió a tramitar este expediente de legalización con solicitud de licencia de obras, en este caso, conocer si prescribió alguna modificación para poder legalizar, si se cumplieron todas las condiciones requeridas en plazo, en ese supuesto, etc,etc
Y finalmente, puesto que parece ser que no hubo una concesión expresa de licencia de las obras realizadas sin ella, averiguar si el silencio administrativo producido comportó la concesión de la misma o su desestimación, para poder actuar en consecuencia.
De todos modos, para opinar con mejor causa, quizá hubiese sido preferible desde un principio saber la CCAA y datos mas concretos de los actos ilegales realizados, la categoría del suelo donde se encuentra la construcción, tipo de construcción y uso preexistente y el autorizado, actos administrativos............
Anónimo
05/10/2016 18:23
Anónimo
Creo que no me he explicado bien al exponer mi problema, intentare explicarlo mejor.
En la Comunidad Autonoma en la cual resido, para legalizar una construcción en suelo rustico hay que solicitarlo en el Ayto.correspondiente y este envia toda la documentación a la Comision Regional de Urbanismo, la cual despues de pedir informes tecnicos tanto al Ayto.como a sus tecnicos te concede autorización para legalizar la mencionada obra.
Yo ya tenia la citada autorización, que previamente como he dicho el Ayto.habia mandado todos los informes pertinentes dando el visto bueno.
El problema ha sido que esta autorizacion solo tenia vigencia por un año, y como el Ayto.la envio al Juazgado como un incidente para detener el derribo, y como se me dijo por activa y por pasiva, que no me iban a tramitar la solicitud de obra hasta que el Juez dictaminase si procedia detener el derribo, y la contestación del Jues despues de 19 meses es que la autorización ya ha caducado y no he solicitado licencia, por lo cual no me sirve de nada y ahora me encuentro que despues de tener autorización para legalizar, no tengo nada.
Gracias por atenderme, pero es que ya no se lo que hacer.
Querrás decir que la Comisión de Urbanismo emitió informe favorable al proyecto presentado y a el uso en él propuesto y que el ayuntamiento, una vez en su poder dicho informe, no te ha concedido la licencia que legalizara la construcción.
Si entiendes que todo está en regla, es decir, que la construcción y el uso que a ella le das es compatible con el régimen de usos autorizados por el planeamiento territorial y municipal, puedes interponer un recurso en el juzgado para que reconozca la obtención de la licencia por silencio positivo pero, ya lo tengo dicho mas arriba, debes tener en cuenta que no es posible obtener por silencio la licencia contra legem.
Anónimo
03/10/2016 18:21
Anónimo
Esta claro que la Comisión Regional de Urbanismo no es la que concede la licencia de obra, pero si es la que autoriza la legalización de dicha obra, y en este caso yo ya tenia dicha autorización.
Cuando llevas al ayto.la solicitud para legalizar una obra lo primero que te dicen es que el paso previo es enviar la documentación correspondiente(proyecto y informes municipales)y una vez te den el visto bueno el ayto.ya no pone pega alguna para tramitar la licencia.
En mi caso dado que estaba por medio una orden de derribo y un incidente de inejecutabilidad de dicha orden, han dejado pasar el año de vigencia de la autorización de la Comision Regional de Urbanismo y siguen adelante con el derribo.
No entiendo para que sirve entonces la mencionada autorización si no la hacen caso alguno.
Por cierto mi abogado creo que me esta asesorando bastante bien , pero quiero tener más opiniones del tema, ya que no veo salida alguna.
Creo que mi Ayto.digase Sr.Alcalde , como ciertos funcionarios se lavan las manos y no quieren saber nada del tema.
Lo digo porque la Comisión Regional de Urbanismo no es competente para conceder la licencia que haría factible la legalización. Conceder la licencia de obras y uso del edificio compete al Alcalde.
Por esa razón, la autorización para iniciar el procedimiento de legalización no debes entenderlo como LA autorización de las obras ilegales.
Y es que de los datos facilitados es lo que entiendo que puede haber sucedido. De todos modos, ¿qué dice tu abogado sobre la cuestión?
Anónimo
30/09/2016 15:12
Anónimo
No entiendo muy bien el porque dices que no es legalizable, si ya esta autorizada la legalización, el problema viene dado en que el juez nos dice que no acepta la paralización del derribo, porque yo no solicite en el periodo de vigencia de la autorización que es de 1 año , la correspondiente licencia de obra.
Dicha solicitud no la presente porque el secretario del Ayto.me dijo reiteradas veces que hasta que el juez no costestara no me tramitaba ninguna solicitud.
Ahora como el mencionado secretario no esta en el Ayto., tanto el Alcalde como la secretria interina que esta en este momento, no qieren saber nada se lavan las manos y me dejan a mi suerte.
La verdad es que es una verguenza que por el error de un funcionario publico, que debiera de estar para servir al pueblo yo tenga que derribar mi casa.
Insisto, tu abogado, que debe ser conocedor del expediente y de la normativa sectorial aplicable, es quien mejor puede informarte de lo sucedido. Yo, a modo de advertencia, solo puedo decirte que por el mero hecho de presentar una solicitud de estas características, no existe la obligación de conceder la licencia deba.
Mi impresión es que deberías entender denegada la licencia por silencio administrativo, motivada en que es de imposible legalización los actos para los que la solicitas.
Anónimo
30/09/2016 07:49
alga
El proyecto de legalización ya se loe entregue al Ayuntamiento al principio de todo este proceso,y a continuación el Ayuntamiento lo envia a la Comisión Regional de Urbanismo para solicitar la legalización de la obra.
Tu abogado, que conoce los trámites realizados, debería informarte de lo sucedido y sus consecuencias.
Mi opinión es que, en lugar de presentar solo la copia de la autorización de la Comisión de Urbanismo, debiste adjuntar a ella el proyecto de legalización.
Orden de demolición.
Anónimo
29/09/2016 15:06
Mi problema es el siguiente, soy propietario de una edificación en suelo rustico la cual la rehabilite sin licencia municipal, me denuncio un vecino y despues de varios juicios tengo orden de derribo por parte del juzgado.
Despues de muchos problemas consegui paralizar momentaneamente el derribo y que se me concediese por medio de La Comisión Regional de Urbanismo de mi Comunidad, una autorización para legalizar dicha obra, con fecha Febrero de 2015, a continuación se la entregue al Ayuntamiento para que procediese a enviarsela al juzgado y asi anular la sentencia de derribo, pero el Juzgado no ha contestado hasta el día 26 de Septiembre de 2016, o sea 19 meses más tarde y ahora me contestan que no procede la paralizacion del derribo ya que la autorización tenia validez por 1 año y durante ese tiempo no se ha pedido licencia de obra.
Eso es totalmente falso ya que el día 04 de Febrero de 2015 me presente en el Ayuntamiento y le di copia al secretario, de la autorización de legalización y le dije que queria tramitar la licencia de obra , a lo cual me contesto que hasta que el juez no contestase no se procederia a la tramitación de la misma asi que no me dejo presentar la mencionada solicitud de obra.
Ahora me encuentro en que al no tenerlo por escrito no me sirve de nada.
Si alguien me puede dar alguna idea, se lo agradeceria.