Por favor, me puede decir alguien si se puede cursar una orden de alejamiento por amenazas e insultos o simplemente acoso? No se dispone de prueba por escrito pero sí una persona que en su momento estaba presente escuchando una conversación telefónica, puesto que fue ella la que cogió el teléfono a la 1,30h. de la madrugada.
Actualmente en España pueden ponerte una orden de alejamiento sin ser escuchado por la simple palabra de otra persona vulnerando el derecho de audiencia,siempre que se trate de violencia de genero.Podrias ser tan amable de especificar un poco mas¿?de todas maneras mucho animo
Gracias por tu respuesta. De todas formas, no entiendo a qué te refieres cuando dices 'vulnerar el derecho de audiencia'. El tema es una llamada de un ex novio 'ofendido' porque su pareja le deja. Además de introducirse en sus mensajes privados de facebook y reutilizarlos en su contra modificando a su antojo y reenviándolos a los familiares de su exnovia, y entre otras cosas más, llama a esas horas a casa de su exnovia (casa de los padres) a esa hora y la insulta a ella además de amenazar con matarla si se entera que le está poniendo 'los cuernos'. Al mismo tiempo, dice que va a coger un avión para ir a verla y ponerle 'las cosas claras'.