Saludos, me reclaman una deuda de 3900€, mediante monitorio, como prueba adjuntan folio timbrado y firmado por mi, por importe de 3000€, con fecha enero de 2.005. Mi pregunta es: si los cheques, pagares o letras de cambio, prescriben a los 3 años, este documento, ¿sería equiparable?. Dicha deuda, era por gestionarme un préstamo hipotecario, a la cual le daba 3 meses de exclusividad, pero nunca realizaron la gestión y el plazó pasó...si me pudieran ayudar, les estaría agradecido.
muchas gracias por su contestación, pero me dicen que al superar los 900€, debo oponerme mediante escrito por abogado y procurador, osea gastarme 170€, que posteriormente le reclamaré.